/ domingo 31 de julio de 2022

Protegen prima de antigüedad

El personal de base que concluya una relación laboral tras quince años de trabajo, tiene derecho a recibir la prima de antigüedad, pago equivalente a 12 días de salario por cada año trabajado, el cual es un derecho irrenunciable, detalló el Procurador Estatal de la Defensa del Trabajo, Manuel José Parra Dage.

En este contexto recalcó que los trabajadores que enfrenten inconvenientes sobre este y otros temas, pueden acudir a la Procuraduría Estatal de la Defensa del Trabajo brinda orientación y asesoría jurídica laboral gratuita a los trabajadores con algún conflicto laboral. El funcionario estatal precisó que con fundamento en el artículo 162 de la Ley Federal del Trabajo, el pago de la prima de antigüedad se realizará en los casos de separación laboral.

En este contexto explicó que la prima de antigüedad se deberá pagar a los trabajadores de base que se separan voluntariamente de su empleo, siempre que hayan cumplido por lo menos quince años de servicios, al igual que a los empleados que se separen de su trabajo por causa justificada y a los que sean separados de su empleo, independientemente de la circunstancia del despido.

Sin embargo, cuando la separación es voluntaria se deben considerar algunos factores, como que el número de trabajadores que se retira dentro del término de un año no excede del 10 por ciento del total de los trabajadores de la empresa o establecimiento o de los de una categoría determinada; el pago se hará en el momento del retiro.

Si el retiro se efectúa al mismo tiempo por un número de trabajadores mayor del porcentaje mencionado, se cubrirá la prima a los que tengan mayor número de años de antigüedad laboral y podrá diferirse para el año siguiente el pago que corresponda a los restantes trabajadores. Al respecto, la STPS indicó que en caso de muerte del trabajador, cualquiera que sea su antigüedad, la prima se pagará a las personas que establece la ley.

El personal de base que concluya una relación laboral tras quince años de trabajo, tiene derecho a recibir la prima de antigüedad, pago equivalente a 12 días de salario por cada año trabajado, el cual es un derecho irrenunciable, detalló el Procurador Estatal de la Defensa del Trabajo, Manuel José Parra Dage.

En este contexto recalcó que los trabajadores que enfrenten inconvenientes sobre este y otros temas, pueden acudir a la Procuraduría Estatal de la Defensa del Trabajo brinda orientación y asesoría jurídica laboral gratuita a los trabajadores con algún conflicto laboral. El funcionario estatal precisó que con fundamento en el artículo 162 de la Ley Federal del Trabajo, el pago de la prima de antigüedad se realizará en los casos de separación laboral.

En este contexto explicó que la prima de antigüedad se deberá pagar a los trabajadores de base que se separan voluntariamente de su empleo, siempre que hayan cumplido por lo menos quince años de servicios, al igual que a los empleados que se separen de su trabajo por causa justificada y a los que sean separados de su empleo, independientemente de la circunstancia del despido.

Sin embargo, cuando la separación es voluntaria se deben considerar algunos factores, como que el número de trabajadores que se retira dentro del término de un año no excede del 10 por ciento del total de los trabajadores de la empresa o establecimiento o de los de una categoría determinada; el pago se hará en el momento del retiro.

Si el retiro se efectúa al mismo tiempo por un número de trabajadores mayor del porcentaje mencionado, se cubrirá la prima a los que tengan mayor número de años de antigüedad laboral y podrá diferirse para el año siguiente el pago que corresponda a los restantes trabajadores. Al respecto, la STPS indicó que en caso de muerte del trabajador, cualquiera que sea su antigüedad, la prima se pagará a las personas que establece la ley.

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