/ martes 6 de febrero de 2024

Debe desaparecer la figura de la prisión preventiva oficiosa: Romero

El jurista consideró que es una figura innecesaria que debe eliminarse por violar la presunción de inocencia

El presidente de la Asociación de la Defensa Integral por los Derechos Humanos de Hidalgo, Gerardo Romero García, dijo que debe desaparecer la figura de la prisión preventiva oficiosa, la cual vulnera los derechos humanos y se mantiene por intereses políticos.

El jurista explicó que es una figura que se adoptó en el sistema jurídico mexicano para supuestamente garantizar el acceso a la justicia, debido a que existe la concepción social que privar de la libertad a una persona representa la mejor manera de acceder a la justicia y seguridad.

De acuerdo con el defensor legal, diferentes organismos internacionales como la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) han ordenado a México eliminar la figura de la prisión preventiva oficiosa, debido a que viola los derechos humanos y el debido proceso para garantizar la presunción de inocencia.

Agregó que es una figura obsoleta que ha sido utilizada como parte de la política penitenciaria que prioriza la cárcel como mecanismo para evitar la fuga de una persona acusada de la comisión de un delito, y forma parte dela cultura criminal del país, debido a los escasos resultados que existen con respecto al combate a la impunidad.

Por ello, consideró que los jueces de control penal deben optar por dejar de utilizar esta figura, pues se pueden establecer otras medidas cautelares para el acceso a la justicia, pues no se han garantizado mejores acciones para combatir estas prácticas que se han replicado en el país.

Aclaró que la diferencia entre la prisión preventiva justificada y oficiosa radica en que la primera puede ser solicitada por el Ministerio Público al juez por el riesgo de la extracción de la justicia del acusado, mientras que en la segunda se puede aplicar sin justificar la causa de la misma medida punitiva.

En la actualidad la figura de la prisión preventiva es aplicada a delitos de alto impacto como homicidio, secuestro, feminicidio, violación, así como por delitos fiscales y electorales, pero supuestamente se debe justificar que en las carpetas de investigación exista suficiente información sobre los riesgos de fuga de una persona imputada.

El abogado sostuvo que pueden establecerse medidas cautelares en casos específicos en los que se permita a una persona seguir en libertad en tanto se asegure que no saldrá del país y estará en un espacio de vigilancia a través de un brazalete que permitirá conocer la ubicación exacta en tiempo real de una persona, pero requiere de mayores áreas logísticas por parte del Estado y por ello optan por la prisión preventiva.


El presidente de la Asociación de la Defensa Integral por los Derechos Humanos de Hidalgo, Gerardo Romero García, dijo que debe desaparecer la figura de la prisión preventiva oficiosa, la cual vulnera los derechos humanos y se mantiene por intereses políticos.

El jurista explicó que es una figura que se adoptó en el sistema jurídico mexicano para supuestamente garantizar el acceso a la justicia, debido a que existe la concepción social que privar de la libertad a una persona representa la mejor manera de acceder a la justicia y seguridad.

De acuerdo con el defensor legal, diferentes organismos internacionales como la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) han ordenado a México eliminar la figura de la prisión preventiva oficiosa, debido a que viola los derechos humanos y el debido proceso para garantizar la presunción de inocencia.

Agregó que es una figura obsoleta que ha sido utilizada como parte de la política penitenciaria que prioriza la cárcel como mecanismo para evitar la fuga de una persona acusada de la comisión de un delito, y forma parte dela cultura criminal del país, debido a los escasos resultados que existen con respecto al combate a la impunidad.

Por ello, consideró que los jueces de control penal deben optar por dejar de utilizar esta figura, pues se pueden establecer otras medidas cautelares para el acceso a la justicia, pues no se han garantizado mejores acciones para combatir estas prácticas que se han replicado en el país.

Aclaró que la diferencia entre la prisión preventiva justificada y oficiosa radica en que la primera puede ser solicitada por el Ministerio Público al juez por el riesgo de la extracción de la justicia del acusado, mientras que en la segunda se puede aplicar sin justificar la causa de la misma medida punitiva.

En la actualidad la figura de la prisión preventiva es aplicada a delitos de alto impacto como homicidio, secuestro, feminicidio, violación, así como por delitos fiscales y electorales, pero supuestamente se debe justificar que en las carpetas de investigación exista suficiente información sobre los riesgos de fuga de una persona imputada.

El abogado sostuvo que pueden establecerse medidas cautelares en casos específicos en los que se permita a una persona seguir en libertad en tanto se asegure que no saldrá del país y estará en un espacio de vigilancia a través de un brazalete que permitirá conocer la ubicación exacta en tiempo real de una persona, pero requiere de mayores áreas logísticas por parte del Estado y por ello optan por la prisión preventiva.


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