/ martes 18 de febrero de 2020

Diputados reciben iniciativa de reformas al fuero presidencial

Con la modificación, el Presidente sería juzgado por “todos aquellos delitos por los que podrá ser enjuiciado cualquier ciudadano común”

La Cámara de Diputados recibió la iniciativa del presidente Andrés Manuel López Obrador, con la que el mandatario busca un nuevo intento para reformar los artículos 108 y 111, referentes al fuero constitucional y así, cumplir uno de sus compromisos de campaña, para que el titular del Ejecutivo sea juzgado cuando cometa una serie de delitos que se estiman de extrema gravedad.

De acuerdo al proyecto, la reforma al artículo 108 indica que el Presidente sería juzgado por: “traición a la patria, hechos de corrupción, delitos electorales y todos aquellos delitos por los que podrá ser enjuiciado cualquier ciudadano común”.

El texto constitucional original se indica que: “El presidente de la República, durante el tiempo de su encargo, sólo podrá ser acusado por traición a la patria y delitos graves del orden común”.

El pasado 4 de septiembre del 2018, el presidente López Obrador envió una iniciativa similar al Senado de la República, la cual fue modificada y enviada el 9 de abril de 2019 a la Cámara de Diputados para su revisión; el Pleno de la Asamblea federal, el 29 de octubre aprobó con cambios la minuta, pero al discutirse el 3 de diciembre nuevamente en el Senado la minuta que devolvió la Cámara, la Cámara alta rechazó el proyecto; siete días después los diputados recibieron la minuta y rechazaron el texto del Senado.

Por lo que respecta al procedimiento penal contra el presidente, se plantea que la reforma al artículo 111 de la constitución precise que: “sólo habrá lugar a acusarlo ante la Cámara de Senadores en términos del articulo 110, En este supuesto, la Cámara de Senadores resolverá con base en la legislación penal aplicable”.

La Cámara de Diputados recibió la iniciativa del presidente Andrés Manuel López Obrador, con la que el mandatario busca un nuevo intento para reformar los artículos 108 y 111, referentes al fuero constitucional y así, cumplir uno de sus compromisos de campaña, para que el titular del Ejecutivo sea juzgado cuando cometa una serie de delitos que se estiman de extrema gravedad.

De acuerdo al proyecto, la reforma al artículo 108 indica que el Presidente sería juzgado por: “traición a la patria, hechos de corrupción, delitos electorales y todos aquellos delitos por los que podrá ser enjuiciado cualquier ciudadano común”.

El texto constitucional original se indica que: “El presidente de la República, durante el tiempo de su encargo, sólo podrá ser acusado por traición a la patria y delitos graves del orden común”.

El pasado 4 de septiembre del 2018, el presidente López Obrador envió una iniciativa similar al Senado de la República, la cual fue modificada y enviada el 9 de abril de 2019 a la Cámara de Diputados para su revisión; el Pleno de la Asamblea federal, el 29 de octubre aprobó con cambios la minuta, pero al discutirse el 3 de diciembre nuevamente en el Senado la minuta que devolvió la Cámara, la Cámara alta rechazó el proyecto; siete días después los diputados recibieron la minuta y rechazaron el texto del Senado.

Por lo que respecta al procedimiento penal contra el presidente, se plantea que la reforma al artículo 111 de la constitución precise que: “sólo habrá lugar a acusarlo ante la Cámara de Senadores en términos del articulo 110, En este supuesto, la Cámara de Senadores resolverá con base en la legislación penal aplicable”.

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