/ jueves 22 de abril de 2021

Telefónicas tienen dos años para reunir los biométricos

La medida creó polémica entre un sector de los 126 millones aproximadamente que usan un teléfono móvil porque suponen riesgo

A partir del 17 de abril el Instituto Federal de Comunicaciones (IFT) tiene seis meses para dar a conocer "las disposiciones administrativas de carácter general" para integrar el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil y las empresas telefónicas cuentan con dos años para recabar los datos de sus clientes registrados antes de esta disposición y seis meses para las de nuevo ingreso.

Lo anterior se desprende del Diario Oficial de la Federación que público el pasado viernes la reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, incluye las multas para las compañías prestadoras del servicio de comunicación a distancia vía celular, que no entreguen esa información u omitan pedirla a sus abonados.

"En el caso del registro de líneas telefónicas móviles, en cualquiera de sus modalidades, adquiridas con anterioridad a la entrada en vigor del presente Decreto, los concesionarios de telecomunicaciones y, en su caso, los autorizados, contarán con un plazo de dos años a partir de su publicación para cumplir con las obligaciones de registro", es lo que especifica el documento.

Deberán realizar el registro de los nuevos usuarios de telefonía móvil, conforme a lo previsto, transcurrido el plazo de seis meses contados a partir de que el IFT emita las disposiciones administrativas de carácter general, complementa para el caso de quienes van adquirir o adquirieron una línea o "chip" posterior a la publicación de la reforma.

La medida creó polémica entre un sector de los 126 millones aproximadamente que usan un teléfono móvil porque suponen riesgo de entregar sus datos biométricos a un particular y se los roben, por ello se han amparado y ampararán, como ya se ha dado a conocer.

La reforma contempla sanciones, que van de 20 a 50 Unidades de Medida y Actualización (UMA), hasta 10,000 a 15,000 UMA’s, a quien haga uso indebido del banco de información.

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A partir del 17 de abril el Instituto Federal de Comunicaciones (IFT) tiene seis meses para dar a conocer "las disposiciones administrativas de carácter general" para integrar el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil y las empresas telefónicas cuentan con dos años para recabar los datos de sus clientes registrados antes de esta disposición y seis meses para las de nuevo ingreso.

Lo anterior se desprende del Diario Oficial de la Federación que público el pasado viernes la reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, incluye las multas para las compañías prestadoras del servicio de comunicación a distancia vía celular, que no entreguen esa información u omitan pedirla a sus abonados.

"En el caso del registro de líneas telefónicas móviles, en cualquiera de sus modalidades, adquiridas con anterioridad a la entrada en vigor del presente Decreto, los concesionarios de telecomunicaciones y, en su caso, los autorizados, contarán con un plazo de dos años a partir de su publicación para cumplir con las obligaciones de registro", es lo que especifica el documento.

Deberán realizar el registro de los nuevos usuarios de telefonía móvil, conforme a lo previsto, transcurrido el plazo de seis meses contados a partir de que el IFT emita las disposiciones administrativas de carácter general, complementa para el caso de quienes van adquirir o adquirieron una línea o "chip" posterior a la publicación de la reforma.

La medida creó polémica entre un sector de los 126 millones aproximadamente que usan un teléfono móvil porque suponen riesgo de entregar sus datos biométricos a un particular y se los roben, por ello se han amparado y ampararán, como ya se ha dado a conocer.

La reforma contempla sanciones, que van de 20 a 50 Unidades de Medida y Actualización (UMA), hasta 10,000 a 15,000 UMA’s, a quien haga uso indebido del banco de información.

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