/ miércoles 10 de agosto de 2022

Sala Superior señala que el TEEH excedió sus funciones

Modifican resolución en la que se califica como grave la acción de Marcelo Ebrard

Por considerar que el Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) no contaba con la facultad de calificar la falta en la que incurrió o no el secretario de Relaciones Exteriores del Gobierno de México, Marcelo Luis Ebrard Casaubón, la Sala Superior del Tribunal Electoral del poder Judicial de la Federación (TEPJF) modificó la sentencia emitida por el órgano local.

En sesión del pleno realizada este miércoles 10 de agosto de 2022, los magistrados y magistradas de la Sala Superior explicaron que el órgano local no podía señalar si la falta era grave, y que hubo violación a los principios de neutralidad e imparcialidad en la contienda electoral de gobernador.

El órgano jurisdiccional federal consideró que el TEEH agotó su función teniendo por acreditada la infracción y la responsabilidad del actor, Marcelo Ebrard; así como con el orden de dar vista respectiva al Órgano Interno de Control (OIC) de la Secretaría de Relaciones Exteriores, “ya que la Sala Superior ha sostenido que las obligaciones de las autoridades electorales, tanto federales como locales, en asuntos en los que se acredita una infracción por parte de un servidor público, se limitan a dar vista a las autoridades competentes para imponer las acciones respectivas”, por lo cual, modificó la sentencia reclamada para dejar sin efectos la calificación de la gravedad, efectuada por el tribunal de Hidalgo.

Dicha queja deriva del acompañamiento que diera Marcelo Ebrard a la candidatura común de Julio Menchaca Salazar.

Lo anterior al resolver el Juicio Electoral (JE), bajo expediente SUP-JE-232/2022, el cual promovió el director de lo Jurídico Contencioso de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Relaciones Exteriores y representante jurídico del Ebrard Casaubón.

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Por otro lado, la Sala Superior confirmó el resultado del dictamen consolidado emitido por la unidad técnica del Consejo General del INE, respecto de las irregularidades encontradas en la revisión de los informes de ingresos y gastos de campaña al cargo de gubernatura del estado de Hidalgo, correspondiente al proceso electoral local ordinario 2021-2022.

Por considerar que el Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) no contaba con la facultad de calificar la falta en la que incurrió o no el secretario de Relaciones Exteriores del Gobierno de México, Marcelo Luis Ebrard Casaubón, la Sala Superior del Tribunal Electoral del poder Judicial de la Federación (TEPJF) modificó la sentencia emitida por el órgano local.

En sesión del pleno realizada este miércoles 10 de agosto de 2022, los magistrados y magistradas de la Sala Superior explicaron que el órgano local no podía señalar si la falta era grave, y que hubo violación a los principios de neutralidad e imparcialidad en la contienda electoral de gobernador.

El órgano jurisdiccional federal consideró que el TEEH agotó su función teniendo por acreditada la infracción y la responsabilidad del actor, Marcelo Ebrard; así como con el orden de dar vista respectiva al Órgano Interno de Control (OIC) de la Secretaría de Relaciones Exteriores, “ya que la Sala Superior ha sostenido que las obligaciones de las autoridades electorales, tanto federales como locales, en asuntos en los que se acredita una infracción por parte de un servidor público, se limitan a dar vista a las autoridades competentes para imponer las acciones respectivas”, por lo cual, modificó la sentencia reclamada para dejar sin efectos la calificación de la gravedad, efectuada por el tribunal de Hidalgo.

Dicha queja deriva del acompañamiento que diera Marcelo Ebrard a la candidatura común de Julio Menchaca Salazar.

Lo anterior al resolver el Juicio Electoral (JE), bajo expediente SUP-JE-232/2022, el cual promovió el director de lo Jurídico Contencioso de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Relaciones Exteriores y representante jurídico del Ebrard Casaubón.

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Por otro lado, la Sala Superior confirmó el resultado del dictamen consolidado emitido por la unidad técnica del Consejo General del INE, respecto de las irregularidades encontradas en la revisión de los informes de ingresos y gastos de campaña al cargo de gubernatura del estado de Hidalgo, correspondiente al proceso electoral local ordinario 2021-2022.

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