/ martes 9 de enero de 2024

Jubilados en este 2024 deberán pagar el ISR

El Sistema de Administración Tributaria tiene nuevos lineamientos para las pensiones y quienes deben declarar

Año nuevo, nuevo impuesto. Los jubilados reciben el 2024 con que deberán hacer su declaración anual del Impuesto Sobre la Renta (ISR) de la pensión que reciben, si cumplen los requisitos que dispuso el Sistema de Administración Tributaria (SAT) como parte de las nuevas regulaciones y modificaciones a sus lineamientos.

Para el perito contable estatal y federal, Carlos Omar Martínez Sánchez, la medida tiene fines recaudatorios para los que más perciben esa prestación laboral, entre los que se pueden encontrar a técnicos especializados de Pemex y quienes ostentaron cargos de director, subdirector o gerenciales en la Comisión Federal de Electricidad.

Ahora van a declarar anualmente el ISR, ya sea porque cumplen el requisito de que en una sola pensión o la suma de varias que reciba una sola persona, alcanza el monto establecido y los convierte en sujetos de la nueva regulación, entran en el esquema, describió.

Si un adulto mayor al mes percibe el equivalente a 15 veces el salario mínimo o más, entra en el grupo de quienes este 2024 declararán el impuesto que aplica directamente a jubilados, abundó.

El SAT te tiene contemplado si tu pago mensual es mayor a los 43 mil 300 pesos o el acumulado anual de 519 mil 600 pesos, que recibas del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) o del Instituto de Seguridad Social al Servicio de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), es el rango que fijo, indicó el perito certificado y oriundo de Zempoala.

Puede haber casos en los que con esa pensión no se rebase la base exenta, pero si también cuentas con la Pensión del Bienestar por parte del gobierno federal, se la sumas y así sea por un centavo que supere la cantidad límite, deberás pagar el impuesto, apuntó.

Conforme al desglose que realizó Omar Martínez, en tu declaración anual le restas a los ingresos de tu pensión la cantidad establecida como tope y lo que te resulte de diferencia, es lo que estará gravado por el ISR y enterar a la autoridad tributaria.

Si tomamos como ejemplo a un hidalguense que está inscrito en el programa Pensión del Bienestar, en este 2024 aumentó el monto bimestral recibirá seis mil pesos, lo que se traduce en 36 mil pesos anuales, no debe preocuparse pues no supera la base exenta.

Puede ser el caso que además perciba la pensión del IMSS o ISSSTE, pero tampoco rebasa los 43 mil 300 mensuales, no requerirá hacer su declaración, reiteró.

Conforme a sus datos y estadísticas del Instituto nacional de estadística, geografía e informática (Inegi), la nueva disposición del organismo tributario alcanza al cinco por ciento de la población que rebasa esos montos, dijo.

Recomendó revisar que los datos fiscales del contribuyente estén correctos, actualizados y contar con el correo tributario y la FIEL para no enfrentar problemas en la declaración.


Año nuevo, nuevo impuesto. Los jubilados reciben el 2024 con que deberán hacer su declaración anual del Impuesto Sobre la Renta (ISR) de la pensión que reciben, si cumplen los requisitos que dispuso el Sistema de Administración Tributaria (SAT) como parte de las nuevas regulaciones y modificaciones a sus lineamientos.

Para el perito contable estatal y federal, Carlos Omar Martínez Sánchez, la medida tiene fines recaudatorios para los que más perciben esa prestación laboral, entre los que se pueden encontrar a técnicos especializados de Pemex y quienes ostentaron cargos de director, subdirector o gerenciales en la Comisión Federal de Electricidad.

Ahora van a declarar anualmente el ISR, ya sea porque cumplen el requisito de que en una sola pensión o la suma de varias que reciba una sola persona, alcanza el monto establecido y los convierte en sujetos de la nueva regulación, entran en el esquema, describió.

Si un adulto mayor al mes percibe el equivalente a 15 veces el salario mínimo o más, entra en el grupo de quienes este 2024 declararán el impuesto que aplica directamente a jubilados, abundó.

El SAT te tiene contemplado si tu pago mensual es mayor a los 43 mil 300 pesos o el acumulado anual de 519 mil 600 pesos, que recibas del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) o del Instituto de Seguridad Social al Servicio de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), es el rango que fijo, indicó el perito certificado y oriundo de Zempoala.

Puede haber casos en los que con esa pensión no se rebase la base exenta, pero si también cuentas con la Pensión del Bienestar por parte del gobierno federal, se la sumas y así sea por un centavo que supere la cantidad límite, deberás pagar el impuesto, apuntó.

Conforme al desglose que realizó Omar Martínez, en tu declaración anual le restas a los ingresos de tu pensión la cantidad establecida como tope y lo que te resulte de diferencia, es lo que estará gravado por el ISR y enterar a la autoridad tributaria.

Si tomamos como ejemplo a un hidalguense que está inscrito en el programa Pensión del Bienestar, en este 2024 aumentó el monto bimestral recibirá seis mil pesos, lo que se traduce en 36 mil pesos anuales, no debe preocuparse pues no supera la base exenta.

Puede ser el caso que además perciba la pensión del IMSS o ISSSTE, pero tampoco rebasa los 43 mil 300 mensuales, no requerirá hacer su declaración, reiteró.

Conforme a sus datos y estadísticas del Instituto nacional de estadística, geografía e informática (Inegi), la nueva disposición del organismo tributario alcanza al cinco por ciento de la población que rebasa esos montos, dijo.

Recomendó revisar que los datos fiscales del contribuyente estén correctos, actualizados y contar con el correo tributario y la FIEL para no enfrentar problemas en la declaración.


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