/ miércoles 12 de mayo de 2021

Imponen plazo de 24 horas para liberar cuentas UAEH

Para iniciar cuenta regresiva, primero tendrá que notificar a la UIF y al banco HSBC

Por haber incumplido con la suspensión definitiva que el 15 de mayo de 2020 ordenó el desbloqueo de seis cuentas bancarias de la Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo (UAEH), el Segundo Tribunal Colegiado en Hidalgo dio a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) y al banco HSBC un periodo de 24 horas para liberarlas, el cual correrá tan pronto sean notificados.

De incumplir con esta orden emitida el pasado seis de mayo y publicada un día después, ambos entes serían denunciados al Ministerio Público de la Federación, de acuerdo con la resolución del recurso de queja 59/2020. Sin embargo, primero deben ser notificados, situación para la que sólo el Tribunal determina fecha.

El expediente, resuelto el 16 de marzo de 2021 y hecho público en los estrados electrónicos del Consejo de la Judicatura Federal (CJF) el viernes pasado, señala que la UIF fue omisa al no levantar la orden de bloqueo desde el 19 de mayo del año pasado, cuando fue enterada de la resolución del cuerpo colegiado sobre las cuentas congelas el 22 de febrero de 2019.

Aunque la dependencia de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) argumentó que no cumplió con el mandato judicial al encontrarse en un supuesto de excepción, ya que congeló los recursos de la UAEH en un trabajo de cooperación y coordinación internacional con la Administración de Control de Drogas (DEA, por sus siglas en inglés), los jueces federales resolvieron que no le correspondía determinar si podía desacatar el ordenamiento.

“En otras palabras, aunque la responsable titular de la Unidad de Inteligencia Financiera (...) tenía expedito el derecho de plantear el incidente de modificación de la suspensión definitiva –por un hecho superveniente-, lo que efectuó ante el juzgado federal mediante los oficios xxx y xxx (el primero y segundo de fecha 20 de mayo, y el tercero de 21 de mayo, ambos de dos mil veinte); lo cierto es que (...) desde el 19 de mayo de 2020 se encontraba obligada a acatar la suspensión definitiva decretada en los amparos en revisión * y *”, señala el expediente.

Los magistrados añadieron que el 29 de mayo de ese año el Juzgado Segundo de Distrito de Hidalgo revocó la resolución que favorecía a la universidad, lo que implica que transcurrieron 10 días en lo que no dio cumplimiento a la suspensión.

Además, consideraron que no se actualiza el supuesto de excepción con el cual la UIF omitió el desbloqueo y, posteriormente, ordenó otro congelamiento a las mismas cuentas de la casa de estudio, investigadas por movimientos inusuales por más de 150 millones de dólares que mantenía en Suiza.

De esta manera el colegiado revocó la resolución del 29 de mayo de 2020, contra la cual la UAEH había interpuesto el incidente de queja el 25 de junio del año pasado.

Por haber incumplido con la suspensión definitiva que el 15 de mayo de 2020 ordenó el desbloqueo de seis cuentas bancarias de la Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo (UAEH), el Segundo Tribunal Colegiado en Hidalgo dio a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) y al banco HSBC un periodo de 24 horas para liberarlas, el cual correrá tan pronto sean notificados.

De incumplir con esta orden emitida el pasado seis de mayo y publicada un día después, ambos entes serían denunciados al Ministerio Público de la Federación, de acuerdo con la resolución del recurso de queja 59/2020. Sin embargo, primero deben ser notificados, situación para la que sólo el Tribunal determina fecha.

El expediente, resuelto el 16 de marzo de 2021 y hecho público en los estrados electrónicos del Consejo de la Judicatura Federal (CJF) el viernes pasado, señala que la UIF fue omisa al no levantar la orden de bloqueo desde el 19 de mayo del año pasado, cuando fue enterada de la resolución del cuerpo colegiado sobre las cuentas congelas el 22 de febrero de 2019.

Aunque la dependencia de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) argumentó que no cumplió con el mandato judicial al encontrarse en un supuesto de excepción, ya que congeló los recursos de la UAEH en un trabajo de cooperación y coordinación internacional con la Administración de Control de Drogas (DEA, por sus siglas en inglés), los jueces federales resolvieron que no le correspondía determinar si podía desacatar el ordenamiento.

“En otras palabras, aunque la responsable titular de la Unidad de Inteligencia Financiera (...) tenía expedito el derecho de plantear el incidente de modificación de la suspensión definitiva –por un hecho superveniente-, lo que efectuó ante el juzgado federal mediante los oficios xxx y xxx (el primero y segundo de fecha 20 de mayo, y el tercero de 21 de mayo, ambos de dos mil veinte); lo cierto es que (...) desde el 19 de mayo de 2020 se encontraba obligada a acatar la suspensión definitiva decretada en los amparos en revisión * y *”, señala el expediente.

Los magistrados añadieron que el 29 de mayo de ese año el Juzgado Segundo de Distrito de Hidalgo revocó la resolución que favorecía a la universidad, lo que implica que transcurrieron 10 días en lo que no dio cumplimiento a la suspensión.

Además, consideraron que no se actualiza el supuesto de excepción con el cual la UIF omitió el desbloqueo y, posteriormente, ordenó otro congelamiento a las mismas cuentas de la casa de estudio, investigadas por movimientos inusuales por más de 150 millones de dólares que mantenía en Suiza.

De esta manera el colegiado revocó la resolución del 29 de mayo de 2020, contra la cual la UAEH había interpuesto el incidente de queja el 25 de junio del año pasado.

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