/ domingo 28 de marzo de 2021

Candidatos por cuota LGBTTTI podrán reservar sus datos: TEEH

Los magistrados del Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) determinaron que tanto los partidos políticos como los candidatos pueden reservar los datos sobre las personas que formen parte de la comunidad LGBTTTI en el estado si así lo desean.

Los togados ordenaron al Instituto Estatal Electoral (IEEH) modificar la postulación explícita de candidatos LGBTTI, por lo que resolvieron a favor del agravio promovido por el Partido Encuentro Social (PES) que solicitó que se mantenga en privado los datos personales de los candidatos para evitar una estigmatización social.

De acuerdo con la resolución del tribunal electoral, se fijó un plazo de tres días al IEEH para modificar el acuerdo IEEH/CG/018/2021 para garantizar la protección de los datos personas que participarán en el vigente proceso electoral para renovar las diputaciones locales.

Sin embargo, los magistrados del tribunal electoral local desecharon los agravios promovidos por el PES, el Partido de la Revolución Democrática (PRD), el Partido Verde Ecologista de México (PVEM) y el Partido Nueva Alianza (Panal) que consideraban que la decisión del IEEH violaba el principio de certeza, legalidad y desacato.

Por su parte, el magistrado Leodegario Hernández Cortez consideró que se violó el principio de certeza y por ello el acuerdo del IEEH debió revocarse por transgredir el marco legal electoral y por ello votó en contra.

Los magistrados del Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) determinaron que tanto los partidos políticos como los candidatos pueden reservar los datos sobre las personas que formen parte de la comunidad LGBTTTI en el estado si así lo desean.

Los togados ordenaron al Instituto Estatal Electoral (IEEH) modificar la postulación explícita de candidatos LGBTTI, por lo que resolvieron a favor del agravio promovido por el Partido Encuentro Social (PES) que solicitó que se mantenga en privado los datos personales de los candidatos para evitar una estigmatización social.

De acuerdo con la resolución del tribunal electoral, se fijó un plazo de tres días al IEEH para modificar el acuerdo IEEH/CG/018/2021 para garantizar la protección de los datos personas que participarán en el vigente proceso electoral para renovar las diputaciones locales.

Sin embargo, los magistrados del tribunal electoral local desecharon los agravios promovidos por el PES, el Partido de la Revolución Democrática (PRD), el Partido Verde Ecologista de México (PVEM) y el Partido Nueva Alianza (Panal) que consideraban que la decisión del IEEH violaba el principio de certeza, legalidad y desacato.

Por su parte, el magistrado Leodegario Hernández Cortez consideró que se violó el principio de certeza y por ello el acuerdo del IEEH debió revocarse por transgredir el marco legal electoral y por ello votó en contra.

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