/ miércoles 14 de septiembre de 2022

Testamento garantiza a familiares tranquilidad

Este documento surtirá efecto a partir de que la persona fallezca

El testamento es una expresión de la voluntad que permite dejar por escrito el destino que van a tener los bienes de una persona que ha adquirido o que pueda adquirir a lo largo de su vida y surtirá efecto a partir de que la persona fallezca, destacó director general de Relaciones Intersectoriales de la Secretaría de Salud, Alejandro Pacheco Gómez a propósito del mes del Testamento.

Explicó que es un acto jurídico regulado por el Código Civil, por lo tanto, lo pueden celebrar las personas mayores de 18 años y que no tengan una discapacidad mental, es unilateral, porque no se necesita de la voluntad de otra persona y es personalísimo, ya que no se permite que otra persona lo haga en representación.

Además, puntualizó que es revocable, hasta antes del momento de la muerte, es libre; es decir sin ningún tipo de forzamiento o coacción y solemne por el que una persona capaz dispone de sus bienes y derechos, que no terminan con su muerte y declara o cumple deberes para después de que fallezca.

Precisó que hablar con los familiares de este documento es complicado, “cuando empezamos hablar de cómo queremos dejar los bienes tanto presentes como futuro cuando fallezca, la familia pone un freno”.

Pacheco Gómez, enfatizó que con este instrumento legal se asegura que el patrimonio que acumuló una persona en vida quede en manos de quien decida, brinda tranquilidad, asimismo puede repartir el patrimonio cuando tú quieras.

De lo contrario, sentenció que, sin testamento, se genera inconformidad y conflictos familiares, dejan desprotegidos a los seres queridos, provoca gastos innecesarios y la herencia se reparte sin considerar la voluntad.

“Habla del testamento es hablar de una situación alrededor de la muerte, porque surtirá efectos a partir de que la persona fallezca, en ese momento es cuando los bienes pasan a favor de nuestros herederos o ayudar para garantizar que se cumpla la voluntad como tal”, precisó.

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Refirió que existen varios tipos, el público que se otorga ante un notario quien elabora una escritura, el público cerrado, escrito en un sobre que se abrirá al momento del fallecimiento, el ológrafo, que es escrito con la letra del testador depositado en archivo de notarías para su validez, y el simplificado.

Por último, informó que este documento que expresa la voluntad del testador, es otorgado ante un Notario o Notaria, por lo que en este mes extienden sus horarios de atención, brindan asesoría jurídica gratuita en materia testamentaria a las personas y reducen los costos del testamento para facilitar y fomentar su otorgamiento.

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El testamento es una expresión de la voluntad que permite dejar por escrito el destino que van a tener los bienes de una persona que ha adquirido o que pueda adquirir a lo largo de su vida y surtirá efecto a partir de que la persona fallezca, destacó director general de Relaciones Intersectoriales de la Secretaría de Salud, Alejandro Pacheco Gómez a propósito del mes del Testamento.

Explicó que es un acto jurídico regulado por el Código Civil, por lo tanto, lo pueden celebrar las personas mayores de 18 años y que no tengan una discapacidad mental, es unilateral, porque no se necesita de la voluntad de otra persona y es personalísimo, ya que no se permite que otra persona lo haga en representación.

Además, puntualizó que es revocable, hasta antes del momento de la muerte, es libre; es decir sin ningún tipo de forzamiento o coacción y solemne por el que una persona capaz dispone de sus bienes y derechos, que no terminan con su muerte y declara o cumple deberes para después de que fallezca.

Precisó que hablar con los familiares de este documento es complicado, “cuando empezamos hablar de cómo queremos dejar los bienes tanto presentes como futuro cuando fallezca, la familia pone un freno”.

Pacheco Gómez, enfatizó que con este instrumento legal se asegura que el patrimonio que acumuló una persona en vida quede en manos de quien decida, brinda tranquilidad, asimismo puede repartir el patrimonio cuando tú quieras.

De lo contrario, sentenció que, sin testamento, se genera inconformidad y conflictos familiares, dejan desprotegidos a los seres queridos, provoca gastos innecesarios y la herencia se reparte sin considerar la voluntad.

“Habla del testamento es hablar de una situación alrededor de la muerte, porque surtirá efectos a partir de que la persona fallezca, en ese momento es cuando los bienes pasan a favor de nuestros herederos o ayudar para garantizar que se cumpla la voluntad como tal”, precisó.

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Refirió que existen varios tipos, el público que se otorga ante un notario quien elabora una escritura, el público cerrado, escrito en un sobre que se abrirá al momento del fallecimiento, el ológrafo, que es escrito con la letra del testador depositado en archivo de notarías para su validez, y el simplificado.

Por último, informó que este documento que expresa la voluntad del testador, es otorgado ante un Notario o Notaria, por lo que en este mes extienden sus horarios de atención, brindan asesoría jurídica gratuita en materia testamentaria a las personas y reducen los costos del testamento para facilitar y fomentar su otorgamiento.

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