/ lunes 27 de febrero de 2023

Sancionarán a vehículos con vidrios polarizados en Tulancingo

Está prohibido que los vehículos porten rótulos, cortinas o demás que imposibiliten la vista 

La secretaría de Seguridad Ciudadana de Tulancingo implementará puestos de control para detectar y sancionar a los dueños de vehículos con vidrios polarizados. Todo lo anterior está estipulado en el Reglamento de Movilidad y Transporte del municipio.

Dichos puntos serán en conjunto con la Dirección de Movilidad y Transporte, y en colaboración con la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena). Al respecto, Berenice Osorno, directora de Movilidad y Transporte, dijo que esta infracción al reglamento vial, en el artículo antes mencionado, implica una sanción basada en UMAS y no amerita descuento, debido al tipo de falta que se está cometiendo.

Estas acciones interinstitucionales se realizan entre las corporaciones de seguridad de los diversos órdenes de gobierno, y que, con base en el artículo 41 del Reglamento de Movilidad y Transporte del municipio de Tulancingo de Bravo, que dice:

ARTÍCULO 41.- Queda prohibido que los vehículos porten en los parabrisas y ventanillas, rótulo, cortinas, carteles y objetos opacos que obstruyan la visibilidad del conductor. Los cristales no deberán ser sombreados, ahumados o pintados para impedir la visibilidad al interior, excepto los que así hayan sido fabricados.

Sin embargo, este tema será analizado, debido a que hay personas que tienen alguna enfermedad dermatológica, entre otros padecimientos y se debe considerar el que sea utilizado, de ahí que se analizará otorgar permisos de esta índole.

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Asimismo, se dijo que existen automóviles que vienen con un polarizado o “entintado” de agencia y, está permitido, siempre y cuando se tenga a la mano el certificado que se extiende para tal fin, incluso, en la tarjeta de circulación viene estipulado.


La secretaría de Seguridad Ciudadana de Tulancingo implementará puestos de control para detectar y sancionar a los dueños de vehículos con vidrios polarizados. Todo lo anterior está estipulado en el Reglamento de Movilidad y Transporte del municipio.

Dichos puntos serán en conjunto con la Dirección de Movilidad y Transporte, y en colaboración con la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena). Al respecto, Berenice Osorno, directora de Movilidad y Transporte, dijo que esta infracción al reglamento vial, en el artículo antes mencionado, implica una sanción basada en UMAS y no amerita descuento, debido al tipo de falta que se está cometiendo.

Estas acciones interinstitucionales se realizan entre las corporaciones de seguridad de los diversos órdenes de gobierno, y que, con base en el artículo 41 del Reglamento de Movilidad y Transporte del municipio de Tulancingo de Bravo, que dice:

ARTÍCULO 41.- Queda prohibido que los vehículos porten en los parabrisas y ventanillas, rótulo, cortinas, carteles y objetos opacos que obstruyan la visibilidad del conductor. Los cristales no deberán ser sombreados, ahumados o pintados para impedir la visibilidad al interior, excepto los que así hayan sido fabricados.

Sin embargo, este tema será analizado, debido a que hay personas que tienen alguna enfermedad dermatológica, entre otros padecimientos y se debe considerar el que sea utilizado, de ahí que se analizará otorgar permisos de esta índole.

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Asimismo, se dijo que existen automóviles que vienen con un polarizado o “entintado” de agencia y, está permitido, siempre y cuando se tenga a la mano el certificado que se extiende para tal fin, incluso, en la tarjeta de circulación viene estipulado.


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