/ lunes 17 de julio de 2023

Ozonoterapia sea aplicada por personas profesionales y certificadas: Anaya

Además que se adhiera como una actividad auxiliar en el campo de la medicina 

El diputado Alberto Anaya Gutiérrez planteó reformar la Ley General de Salud, con el propósito de establecer que la aplicación de la ozonoterapia deberá ser realizada por una persona que cuente con los títulos profesionales o certificados de especialización expedidos y registrados legalmente por las autoridades educativas competentes.

Propuso una iniciativa que modifica el artículo 79 de la mencionada legislación para adherir la ozonoterapia como una de las actividades profesionales, técnicas y auxiliares en el campo de la medicina.

En la exposición de motivos, dio a conocer que esta práctica es un acto médico y como tal debe ser realizado única y exclusivamente por un médico, odontólogo, veterinario y podólogo debidamente capacitado y con experiencia en las áreas de sus competencias.

Alberto Anaya indicó que en el caso de una asistencia médica, la interacción directa con los pacientes será responsabilidad de los profesionales con conocimiento y experiencia en esta terapia y las enfermeras y técnicos actuarán de acuerdo con las instrucciones de éstos.

El documento que se analiza en la comisión de salud, señala que esta técnica se encuadra dentro de métodos de las nuevas tecnologías que complementan, facilitan y optimizan los tratamientos convencionales, razón por la que se ha convertido en una herramienta más del arsenal terapéutico del médico.

Cita que la comisión de salud del congreso de la Ciudad de México y la Asociación Mexicana de Ozonoterapia, encargada de difundir mediante cursos, congresos y simposios nacionales e internacionales las bases científicas y técnicas para la correcta aplicación terapéutica, lograron que esta práctica se incluya en la Ley General de Salud de la Ciudad de México.

Asimismo, hace un recuento sobre sus antecedentes a nivel nacional e informa que el pasado día 1 de junio del año 2021 se presentó una iniciativa para reformar la Ley de Salud para el estado de Campeche, con el fin de regular la práctica de la ozonoterapia.

Mientras que el pasado día 19 de diciembre del año 2017, el congreso del estado de Nuevo León aprobó el artículo 49 y el 98 Bis, ambos de la Ley Estatal de Salud, para incorporar el ozono y refiere que el día 28 de abril del año 2021, el senador Alfonso Pascual Solórzano Fraga, propuso incluir el ozono en la Ley General de Salud.


El diputado Alberto Anaya Gutiérrez planteó reformar la Ley General de Salud, con el propósito de establecer que la aplicación de la ozonoterapia deberá ser realizada por una persona que cuente con los títulos profesionales o certificados de especialización expedidos y registrados legalmente por las autoridades educativas competentes.

Propuso una iniciativa que modifica el artículo 79 de la mencionada legislación para adherir la ozonoterapia como una de las actividades profesionales, técnicas y auxiliares en el campo de la medicina.

En la exposición de motivos, dio a conocer que esta práctica es un acto médico y como tal debe ser realizado única y exclusivamente por un médico, odontólogo, veterinario y podólogo debidamente capacitado y con experiencia en las áreas de sus competencias.

Alberto Anaya indicó que en el caso de una asistencia médica, la interacción directa con los pacientes será responsabilidad de los profesionales con conocimiento y experiencia en esta terapia y las enfermeras y técnicos actuarán de acuerdo con las instrucciones de éstos.

El documento que se analiza en la comisión de salud, señala que esta técnica se encuadra dentro de métodos de las nuevas tecnologías que complementan, facilitan y optimizan los tratamientos convencionales, razón por la que se ha convertido en una herramienta más del arsenal terapéutico del médico.

Cita que la comisión de salud del congreso de la Ciudad de México y la Asociación Mexicana de Ozonoterapia, encargada de difundir mediante cursos, congresos y simposios nacionales e internacionales las bases científicas y técnicas para la correcta aplicación terapéutica, lograron que esta práctica se incluya en la Ley General de Salud de la Ciudad de México.

Asimismo, hace un recuento sobre sus antecedentes a nivel nacional e informa que el pasado día 1 de junio del año 2021 se presentó una iniciativa para reformar la Ley de Salud para el estado de Campeche, con el fin de regular la práctica de la ozonoterapia.

Mientras que el pasado día 19 de diciembre del año 2017, el congreso del estado de Nuevo León aprobó el artículo 49 y el 98 Bis, ambos de la Ley Estatal de Salud, para incorporar el ozono y refiere que el día 28 de abril del año 2021, el senador Alfonso Pascual Solórzano Fraga, propuso incluir el ozono en la Ley General de Salud.


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