/ viernes 29 de septiembre de 2023

Niegan incluir a Interpol en el juicio de amparo de exsecretario de la SEPH

Después de dar a conocer Santiago Nieto que había contra el exfuncionario había “ficha roja”, Atilano Rodolfo N. N. solicitó ampliar su demanda de amparo

El Poder Judicial de la Federación negó incluir una orden privativa de la libertad de la Interpol contra Atilano Rodolfo N. N., exsecretaria de Educación Pública en el gobierno estatal de Omar Fayad Meneses, dentro del juicio de amparo expediente 1370/2023, que vía ampliación de demanda presentó el propio exfuncionario.

Como se ha informado oportunamente, el exsecretario solicitó un amparo, aún pendiente, el pasado 10 de agosto, luego que el anterior 10 de abril el encargado de la Procuraduría de Justicia de Hidalgo, Santiago Nieto, dio a conocer que se investigaba a tres ex funcionarios de la Secretaría de Educación Pública de Hidalgo (SEPH) por el esquema de desvío de recursos económicos en la anterior gestión, por un monto de 144 millones de pesos.

Luego de hacerse pública el pasado 16 de septiembre la demanda de amparo iniciada por Atilano N. N., tres días después el mismo Santiago Nieto dio a conocer que la interpol cuenta con ficha roja contra el extitular de la SEPH, así como contra otros tres exfuncionarios de la administración del exgobernador Omar Fayad.

Días después de lo informado por el encargado de la PGJEH, el exsecretario de Educación de Hidalgo presentó una ampliación en su demanda de amparo a fin de incluir a la Unidad de Mandamientos Judiciales de la Interpol México y el jueves 28 de agosto el juez federal tomó y emitió el acuerdo.

Juez rechaza tema de Interpol

Conforme al acuerdo fechado el pasado 28 de octubre, que es público y que presenta este viernes en Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes (SISE) del Consejo de la Judicatura Federal, Atilano Rodolfo entregó un escrito “mediante el cual pretende ampliar la demanda de amparo”.

En el acuerdo, el juzgador del caso expone cinco supuestos para autorizar una ampliación de demanda y luego precisa que “una vez analizados los supuestos en los que procede la referida ampliación de demanda, por lo que hace a las autoridades responsables y los actos atribuidos a éstas, es improcedente la misma . Se desecha ampliación de demanda”.

Apuntan tres antecedentes del acto reclamado: “1. El día 10 de agosto del presente año con el número precitado en la parte superior. 2. Es el caso que el día 25 de septiembre de 2023 fueron a mi domicilio agentes de la interpol México (.) 3. Es preciso citar que hablo de delitos de peculado (.)”.

En ese contexto, agrega el juez del caso, “acorde a lo establecido en el artículo 111 de la Ley de Amparo, no es dable admitir la ampliación que pretende el quejoso, pues no se ubica en alguno de los supuestos para su admisión, ya que no guardan relación con el acto reclamado.

“Lo anterior es así pues en el presente juicio se reclama una orden de aprehensión que aduce conocer el quejoso desde que el día ocho de agosto de dos mil veintitrés. En ese orden, como se adelantó, ahora se pretende reclamar una diversa orden privativa de libertad, la cual conoce el quejoso desde el veinticinco de septiembre de dos mil veintitrés derivada del delito de peculado, y a ejecutarse por parte de la Unidad de Mandamientos Judiciales de la Interpol, México, la cual no guarda relación con la señalada en el presente expediente en que se actúa, pues incluso, ahora se la atribuye a una diversa autoridad, de la cual en el presente juicio no se advierte su participación”.

Tendrá Nueva Demanda de Amparo, Ahora contra Interpol

Sin embargo, concluye el acuerdo, “a fin de no dejar en estado de indefensión al promovente, con relación a los actos y nueva autoridad que señala -previa copia que obre en autos-, remítase el original del escrito de cuenta a la Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito en el Estado de Hidalgo, a fin de que se registre como nueva demanda, la promovida por ********, y la turne de manera aleatoria...3”.

El Poder Judicial de la Federación negó incluir una orden privativa de la libertad de la Interpol contra Atilano Rodolfo N. N., exsecretaria de Educación Pública en el gobierno estatal de Omar Fayad Meneses, dentro del juicio de amparo expediente 1370/2023, que vía ampliación de demanda presentó el propio exfuncionario.

Como se ha informado oportunamente, el exsecretario solicitó un amparo, aún pendiente, el pasado 10 de agosto, luego que el anterior 10 de abril el encargado de la Procuraduría de Justicia de Hidalgo, Santiago Nieto, dio a conocer que se investigaba a tres ex funcionarios de la Secretaría de Educación Pública de Hidalgo (SEPH) por el esquema de desvío de recursos económicos en la anterior gestión, por un monto de 144 millones de pesos.

Luego de hacerse pública el pasado 16 de septiembre la demanda de amparo iniciada por Atilano N. N., tres días después el mismo Santiago Nieto dio a conocer que la interpol cuenta con ficha roja contra el extitular de la SEPH, así como contra otros tres exfuncionarios de la administración del exgobernador Omar Fayad.

Días después de lo informado por el encargado de la PGJEH, el exsecretario de Educación de Hidalgo presentó una ampliación en su demanda de amparo a fin de incluir a la Unidad de Mandamientos Judiciales de la Interpol México y el jueves 28 de agosto el juez federal tomó y emitió el acuerdo.

Juez rechaza tema de Interpol

Conforme al acuerdo fechado el pasado 28 de octubre, que es público y que presenta este viernes en Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes (SISE) del Consejo de la Judicatura Federal, Atilano Rodolfo entregó un escrito “mediante el cual pretende ampliar la demanda de amparo”.

En el acuerdo, el juzgador del caso expone cinco supuestos para autorizar una ampliación de demanda y luego precisa que “una vez analizados los supuestos en los que procede la referida ampliación de demanda, por lo que hace a las autoridades responsables y los actos atribuidos a éstas, es improcedente la misma . Se desecha ampliación de demanda”.

Apuntan tres antecedentes del acto reclamado: “1. El día 10 de agosto del presente año con el número precitado en la parte superior. 2. Es el caso que el día 25 de septiembre de 2023 fueron a mi domicilio agentes de la interpol México (.) 3. Es preciso citar que hablo de delitos de peculado (.)”.

En ese contexto, agrega el juez del caso, “acorde a lo establecido en el artículo 111 de la Ley de Amparo, no es dable admitir la ampliación que pretende el quejoso, pues no se ubica en alguno de los supuestos para su admisión, ya que no guardan relación con el acto reclamado.

“Lo anterior es así pues en el presente juicio se reclama una orden de aprehensión que aduce conocer el quejoso desde que el día ocho de agosto de dos mil veintitrés. En ese orden, como se adelantó, ahora se pretende reclamar una diversa orden privativa de libertad, la cual conoce el quejoso desde el veinticinco de septiembre de dos mil veintitrés derivada del delito de peculado, y a ejecutarse por parte de la Unidad de Mandamientos Judiciales de la Interpol, México, la cual no guarda relación con la señalada en el presente expediente en que se actúa, pues incluso, ahora se la atribuye a una diversa autoridad, de la cual en el presente juicio no se advierte su participación”.

Tendrá Nueva Demanda de Amparo, Ahora contra Interpol

Sin embargo, concluye el acuerdo, “a fin de no dejar en estado de indefensión al promovente, con relación a los actos y nueva autoridad que señala -previa copia que obre en autos-, remítase el original del escrito de cuenta a la Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito en el Estado de Hidalgo, a fin de que se registre como nueva demanda, la promovida por ********, y la turne de manera aleatoria...3”.

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