Por unanimidad el Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) desechó la inconformidad de dos ciudadanos al no ser considerados como precandidatos a diputados locales por el principio de representación proporcional, por la coalición conformada por los partidos Morena-Nueva Alianza de Hidalgo (Panalh), ya que no comprobaron su participaron en el proceso interno de selección.
Se trata de los ciudadanos Martín Camargo Hernández y César Cruz Benítez, quienes controvirtieron el acuerdo 66 del Consejo General del Instituto Estatal Electoral (IEE), donde se aprobó la sustitución de precandidaturas presentadas por los representantes de Morena y Nueva Alianza para renovar el Congreso del Estado.
De acuerdo con los magistrados únicamente se puede promover un juicio de impugnación solo por aquellas personas que participaron en el proceso interno de selección de candidaturas del partido político postulante y resienten una afectación directa como precandidatos al estimar que cuentan con un mejor derecho a ser registrados.
En ese sentido los actores en sus escritos aducen ser postulados por el principio de representación proporcional y, dado que no aportaron los medios de prueba a fin que el TEEH estuviera en posibilidad de advertir que se registraron por dicho principio, es que se estima de interés jurídico para controvertir el acuerdo emitido por el Consejo General del IEE, por lo que, consideraron, debe desecharse.
En la ponencia se explicó que al analizar el escrito de demanda de los promoventes, su pretensión es que se otorgue dichos espacios por diversas consideraciones por la candidatura de representación proporcional.