/ miércoles 28 de agosto de 2019

Sentenciado elegirá cómo pagar condena

La ley permite conmutar la pena de cárcel cuando es menor a cuatro años

Armando y su hijo, del mismo nombre, fueron sentenciados a tres años un mes de prisión, luego de haber sido encontrados culpables del delito de despojo en contra de su esposa Vianey; sin embargo, ellos podrán decidir cómo pagar la condena, ya que de acuerdo con la ley, puede ser conmutable por trabajo comunitario o una pena económica.

Este martes, el Tribunal de Enjuiciamiento integrado por Rosa María Escamilla Reyes, Rafael Souverbille González y Lizbeth Arlene Chávez Riso, determinaron la sanción que le sería impuesta a Armando y su hijo, en calidad de coautores del delito de despojo.

Fue de tres años y un mes de prisión, pero dicha pena es conmutable por trabajo comunitario, que en caso de elegir sería no más de tres veces a la semana, durante no más de tres horas al día, en la presidencia municipal de Mineral de la Reforma, siempre y cuando se trate de actividades que no afecten su economía y no sean acciones humillantes.

O bien, si lo desean, puede pagar una multa de 20 mil 816 pesos y evitarse la cárcel y el trabajo comunitario.

En los tres supuestos el sentenciado deberá entregar a la víctima el inmueble consistente en una casa ubicada en La Providencia, misma que desde el 9 de agosto de 2016 se le impidió ocupar, a pesar de ser ella la legítima dueña demostrado con escritura pública.

Armando y su hijo, del mismo nombre, fueron sentenciados a tres años un mes de prisión, luego de haber sido encontrados culpables del delito de despojo en contra de su esposa Vianey; sin embargo, ellos podrán decidir cómo pagar la condena, ya que de acuerdo con la ley, puede ser conmutable por trabajo comunitario o una pena económica.

Este martes, el Tribunal de Enjuiciamiento integrado por Rosa María Escamilla Reyes, Rafael Souverbille González y Lizbeth Arlene Chávez Riso, determinaron la sanción que le sería impuesta a Armando y su hijo, en calidad de coautores del delito de despojo.

Fue de tres años y un mes de prisión, pero dicha pena es conmutable por trabajo comunitario, que en caso de elegir sería no más de tres veces a la semana, durante no más de tres horas al día, en la presidencia municipal de Mineral de la Reforma, siempre y cuando se trate de actividades que no afecten su economía y no sean acciones humillantes.

O bien, si lo desean, puede pagar una multa de 20 mil 816 pesos y evitarse la cárcel y el trabajo comunitario.

En los tres supuestos el sentenciado deberá entregar a la víctima el inmueble consistente en una casa ubicada en La Providencia, misma que desde el 9 de agosto de 2016 se le impidió ocupar, a pesar de ser ella la legítima dueña demostrado con escritura pública.

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