/ miércoles 31 de julio de 2019

Tus tatuajes ya no serán impedimento para entrar al Ejército. Aquí los lineamientos

Se le pide que los aspirantes "no presentar perforaciones en cualquier parte del cuerpo"

La Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) anunció que a partir del 1 de agosto los aspirantes con tatuajes podrán ingresar al Ejército y la Fuerza Aérea siempre y cuando cumplan con diversas disposiciones.

En el Diario Oficial de la Federación (DOF) se dio cuenta del decreto expedido por el presidente Andrés Manuel López Obrador de pasado 29 de julio, donde se reforman y adicionan diversas disposiciones sobre el Reglamento de Personal para el Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos.

En el texto se establece que los aspirantes pueden tener tatuajes siempre y cuando no esté visible al momento de usar el uniforme, tenga un dimensión máxima de 10 por 10 centímetros, además de que las imágenes no sean ofensivas para la moral o incite al delito.

Dentro de los requisitos que se han establecido es que en caso de tener más de un tatuaje, "estos no deben ser mayores al 10% de la superficie corporal".

Además, se pide que los aspirantes "no deberán de presentar perforaciones en cualquier parte del cuerpo”, aunque “al personal femenino se le autorizarán las horadaciones lobulares normales".

Cabe destacar que esta disposición solo esta disponible para el Ejército y Fuerza Aérea, mientras que en la Marina Armada de México no se ha informado si aplica esta disposición.

La Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) anunció que a partir del 1 de agosto los aspirantes con tatuajes podrán ingresar al Ejército y la Fuerza Aérea siempre y cuando cumplan con diversas disposiciones.

En el Diario Oficial de la Federación (DOF) se dio cuenta del decreto expedido por el presidente Andrés Manuel López Obrador de pasado 29 de julio, donde se reforman y adicionan diversas disposiciones sobre el Reglamento de Personal para el Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos.

En el texto se establece que los aspirantes pueden tener tatuajes siempre y cuando no esté visible al momento de usar el uniforme, tenga un dimensión máxima de 10 por 10 centímetros, además de que las imágenes no sean ofensivas para la moral o incite al delito.

Dentro de los requisitos que se han establecido es que en caso de tener más de un tatuaje, "estos no deben ser mayores al 10% de la superficie corporal".

Además, se pide que los aspirantes "no deberán de presentar perforaciones en cualquier parte del cuerpo”, aunque “al personal femenino se le autorizarán las horadaciones lobulares normales".

Cabe destacar que esta disposición solo esta disponible para el Ejército y Fuerza Aérea, mientras que en la Marina Armada de México no se ha informado si aplica esta disposición.

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