/ martes 28 de abril de 2020

Improcedentes, las suspensiones contra cierre de oleductos: SCJN

Por mayoría de votos, el máximo tribunal del país concluyó que el interés social debe prevalecer sobre los intereses particulares

Casi año y medio después del desabasto de gasolina en diversos puntos del país por el combate al huachicoleo, la Suprema Corte resolvió que no procedían las suspensiones contra el cierre de ductos de Petróleos Mexicanos (Pemex), medida estratégica del Gobierno de México para reducir el robo de combustible que fue impugnada por diversos ciudadanos.

Por mayoría de votos, el máximo tribunal del país concluyó que el interés social debe prevalecer sobre los intereses particulares por lo que, en este caso, el Plan Conjunto de Atención a Instalaciones Estratégicas de Petróleos Mexicanos no debía ser paralizado.

“Es muy claro que en este caso, cualquier supuesta apelación a una apariencia del buen derecho, se ve frente a la notoria afectación al interés social y al orden público que conllevaría paralizar este tipo de programas o de acciones de las autoridades, que no sólo pueden generar desabasto si no también pueden permitir que se sigan cometiendo delitos, incluso por grupos de la delincuencia organizada”, señaló el ministro presidente, Arturo Zaldívar.

Y es que el ministro Jorge Pardo, ponente del asunto derivado de una contradicción entre tribunales federales, señaló que las acciones que toma el Estado, como el cierre de ductos para combatir al huachicoleo, a pesar de no ser inmediatas pretenden salvaguardar a toda la población.

“Otorgar una suspensión para generar acciones de mitigación a ciertos particulares colisionaría con su atribución constitucional de establecer una política de distribución y abastecimiento nacional y además distraería los recursos disponibles entorpeciendo las labores del restablecimiento de combustible para toda la población”, expuso.

El 20 de diciembre de 2018, con la participación de 15 dependencias del gobierno federal, iniciaron las acciones que conforman el Plan Conjunto de Atención a Instalaciones Estratégicas de Pemex que reportó una reducción en la incidencia del huachicoleo tras el cierre de ductos.

Esto provocó la presentación de una serie de amparos contra la instrucción del presidente de “clausurar” al menos cuatro de los 13 oleoductos y el consecuente desabasto de gasolina en la Ciudad de México.

Te recomendamos ⬇️

Casi año y medio después del desabasto de gasolina en diversos puntos del país por el combate al huachicoleo, la Suprema Corte resolvió que no procedían las suspensiones contra el cierre de ductos de Petróleos Mexicanos (Pemex), medida estratégica del Gobierno de México para reducir el robo de combustible que fue impugnada por diversos ciudadanos.

Por mayoría de votos, el máximo tribunal del país concluyó que el interés social debe prevalecer sobre los intereses particulares por lo que, en este caso, el Plan Conjunto de Atención a Instalaciones Estratégicas de Petróleos Mexicanos no debía ser paralizado.

“Es muy claro que en este caso, cualquier supuesta apelación a una apariencia del buen derecho, se ve frente a la notoria afectación al interés social y al orden público que conllevaría paralizar este tipo de programas o de acciones de las autoridades, que no sólo pueden generar desabasto si no también pueden permitir que se sigan cometiendo delitos, incluso por grupos de la delincuencia organizada”, señaló el ministro presidente, Arturo Zaldívar.

Y es que el ministro Jorge Pardo, ponente del asunto derivado de una contradicción entre tribunales federales, señaló que las acciones que toma el Estado, como el cierre de ductos para combatir al huachicoleo, a pesar de no ser inmediatas pretenden salvaguardar a toda la población.

“Otorgar una suspensión para generar acciones de mitigación a ciertos particulares colisionaría con su atribución constitucional de establecer una política de distribución y abastecimiento nacional y además distraería los recursos disponibles entorpeciendo las labores del restablecimiento de combustible para toda la población”, expuso.

El 20 de diciembre de 2018, con la participación de 15 dependencias del gobierno federal, iniciaron las acciones que conforman el Plan Conjunto de Atención a Instalaciones Estratégicas de Pemex que reportó una reducción en la incidencia del huachicoleo tras el cierre de ductos.

Esto provocó la presentación de una serie de amparos contra la instrucción del presidente de “clausurar” al menos cuatro de los 13 oleoductos y el consecuente desabasto de gasolina en la Ciudad de México.

Te recomendamos ⬇️

Local

Golpea sequía excepcional en 29 municipios de Hidalgo: Conagua

En los municipios del norte de la entidad se ha profundizado el estiaje

Local

Sábado de Gloria: 6 mil pesos, multa por desperdicio de agua en Tulancingo

La Comisión de Agua advirtió que habrá sanciones económicas para quienes tiren vital líquido

Local

Hidalgo ocupa el tercer lugar en comercio informal

La Concanaco Servytur buscará que reformas que se aprueban en el Congreso de la Unión se enfoquen al 45.2 por ciento del comercio establecido que hay en México

Local

Atotonilco el Grande: Viacrucis Viviente con 40 años de tradición

A la par de la celebración religiosa de semana Santa, en el municipio también se realizará la segunda feria del helado artesanal

Local

Tulancingo: Habrá alcoholímetro durante días santos

Aunque muchas personas se apegan a las tradiciones católicas, algunas otras aprovechan y salen a divertirse