/ jueves 12 de noviembre de 2020

Corte anula "muerte civil" en casos de corrupción

El máximo tribunal del país concluyó que afecta en grado predominante a la libertad de trabajo, el derecho de acceso a los cargos públicos y el derecho a ser votado

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la sanción de "muerte civil" o inhabilitación perpetua, que algunos estados del país aplican contra funcionarios, empresas y particulares que cometen actos de corrupción, al considerar que es inconstitucional pues es excesiva y desproporcional.

Tras seis meses en la congeladora para realizar modificaciones a algunos argumentos del proyecto que se discutió y votó hoy, el máximo tribunal del país concluyó que la muerte civil afecta en grado predominante a la libertad de trabajo, el derecho de acceso a los cargos públicos y el derecho a ser votado, generando un efecto estigmatizante en la persona.

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En 2019 entró en vigor la reforma al Código Penal y a la Ley de Responsabilidad Administrativa del estado de Jalisco con la que se estableció pena de inhabilitación de uno a diez años, cuando el lucro obtenido por el delito de corrupción sea menor a los 16 mil 898 pesos. En los casos que superen ese monto, el impedimento para volver a ocupar un cargo en la administración pública puede ir de 30 años hasta la inhabilitación perpetua.

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) acudió a la Corte y calificó como desproporcionada la gravedad del delito de corrupción buscar sancionar a una persona con la inhabilitación de por vida para ocupar cargos públicos.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la sanción de "muerte civil" o inhabilitación perpetua, que algunos estados del país aplican contra funcionarios, empresas y particulares que cometen actos de corrupción, al considerar que es inconstitucional pues es excesiva y desproporcional.

Tras seis meses en la congeladora para realizar modificaciones a algunos argumentos del proyecto que se discutió y votó hoy, el máximo tribunal del país concluyó que la muerte civil afecta en grado predominante a la libertad de trabajo, el derecho de acceso a los cargos públicos y el derecho a ser votado, generando un efecto estigmatizante en la persona.

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En 2019 entró en vigor la reforma al Código Penal y a la Ley de Responsabilidad Administrativa del estado de Jalisco con la que se estableció pena de inhabilitación de uno a diez años, cuando el lucro obtenido por el delito de corrupción sea menor a los 16 mil 898 pesos. En los casos que superen ese monto, el impedimento para volver a ocupar un cargo en la administración pública puede ir de 30 años hasta la inhabilitación perpetua.

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) acudió a la Corte y calificó como desproporcionada la gravedad del delito de corrupción buscar sancionar a una persona con la inhabilitación de por vida para ocupar cargos públicos.

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