/ miércoles 27 de mayo de 2020

Suspenden dos obras por falta de impacto ambiental

La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales estatal (Semarnath) informó que suspendió un predio en el cerro de San Bartolo, situado en la ciudad de Pachuca, el cual fue utilizado para despalmar, nivelar y lotificar terrenos que fueron vendidos ilegalmente a los habitantes de la zona.

Después de recibir una denuncia ciudadana anónima, el área jurídica de la Semarnath acudió al lugar e identificó el uso de maquinaria para despalmar y nivelar el terreno para su venta, lo que afectó la flora y fauna de la zona y por lo cual se colocaron los sellos de suspensión.

Asimismo, la Semarnath suspendió el Banco de materiales pétreos Exmoba, ubicado en la colonia San Bartolo de Pachuca por incumplir la norma ambiental estatal, pues no se acreditó la manifestación de impacto ambiental en la región.

Según la Ley para la Protección al Ambiente del estado de Hidalgo en su artículo 37, establece la autorización previa en materia de impacto ambiental; y para su obtención los interesados deberán presentar ante la Semarnath un informe preventivo o una manifestación de impacto ambiental.

La empresa no cumplió con las obligaciones ambientales contempladas en los artículos 36 y 37 fracción VI y XXVII de la Ley para la Protección al Ambiente del Estado de Hidalgo, razón por la cual se aplicaron las sanciones correspondientes a la misma.

La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales estatal (Semarnath) informó que suspendió un predio en el cerro de San Bartolo, situado en la ciudad de Pachuca, el cual fue utilizado para despalmar, nivelar y lotificar terrenos que fueron vendidos ilegalmente a los habitantes de la zona.

Después de recibir una denuncia ciudadana anónima, el área jurídica de la Semarnath acudió al lugar e identificó el uso de maquinaria para despalmar y nivelar el terreno para su venta, lo que afectó la flora y fauna de la zona y por lo cual se colocaron los sellos de suspensión.

Asimismo, la Semarnath suspendió el Banco de materiales pétreos Exmoba, ubicado en la colonia San Bartolo de Pachuca por incumplir la norma ambiental estatal, pues no se acreditó la manifestación de impacto ambiental en la región.

Según la Ley para la Protección al Ambiente del estado de Hidalgo en su artículo 37, establece la autorización previa en materia de impacto ambiental; y para su obtención los interesados deberán presentar ante la Semarnath un informe preventivo o una manifestación de impacto ambiental.

La empresa no cumplió con las obligaciones ambientales contempladas en los artículos 36 y 37 fracción VI y XXVII de la Ley para la Protección al Ambiente del Estado de Hidalgo, razón por la cual se aplicaron las sanciones correspondientes a la misma.

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