Sentenciados por delitos de género, sin candidatura

Sonia Nochebuena

  · domingo 19 de diciembre de 2021

El objetivo es prevenir la violencia contra mujeres / EDUARDO DE LA VEGA

De acuerdo al artículo 10 Bis del Código Electoral de Hidalgo la persona que pretenda una candidatura no debe haber sido condena por el delito de violencia política de género o familiar, informó el consejero del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH), Francisco Martínez Ballesteros. Tampoco por acoso o abuso sexual, no ser deudor alimentario o moroso, salvo que acredite estar al corriente del pago, cancele la deuda o tramite el descuento correspondiente.

"Esta disposición normativa atendida en la Convocatoria obedece al combate efectivo para prevenir violencia contra las mujeres en forma psicológica, sexual, familiar, económica", señaló. Indicó que estos son algunos de los requisito que deberán cumplir los aspirantes a ser titulares del Poder Ejecutivo, tanto independientes como los emanados de un partido político.

En caso de no cumplirlos, en automático se desechará el registro de la candidatura ante el IEEH, cuyo periodo es del 19 al 23 de marzo de 2022. Además, para que la ciudadanía esté informada de que no debe existir este tipo de conductas en ninguno de los aspirantes, se traducirá en las lenguas Náhuatl, Otomí y Tepehua. Por otro lado, la consejera electoral, Ariadna González Morales, enfatizó que la emisión de la convocatoria para la renovación de la gubernatura.

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