/ jueves 28 de marzo de 2019

Revocan suspensión a Gerardo Sosa Castelán

El juez decimoprimero de Distrito de Amparo en Materia Penal en la Ciudad de México revocó la suspensión provisional concedida al presidente del Patronato de la Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo (UAEH), Gerardo Sosa Castelán. Como consecuencia de la resolución del juez decimoprimero de Distrito de Amparo en Materia Penal en la Ciudad de México, ahora sí, en caso de proceder legalmente, se podría girar orden de aprehensión y llamar a comparecer a Gerardo Sosa, porque se revocó el beneficio provisional del que gozaba el presidente del patronato universitario.

De acuerdo con la resolución emitida en la audiencia constitucional relativa al juicio de amparo indirecto 215/2019, promovido por el encargado de las finanzas de la universidad estatal, el juez “niega la suspensión definitiva a Gerardo Sosa, en contra los actos y las autoridades que se precisaron”. Los actos reclamados por el quejoso y que en un principio habían sido avalados por el juez de distrito a cambio de una garantía de 53 mil pesos, son: aprehensión, reaprehensión, presentación y comparecencia (judicial), presentación y comparecencia (administrativa).

De acuerdo con el documento, la suspensión de oficio procederá cuando los actos reclamados violatorios de derechos humanos se están llevando a cabo, “lo que no acontece en el presente asunto”. Es decir, al solicitar información a las diversas autoridades citadas, entre ellos la Fiscalía General de la República (FGR), no se detectó que “en este momento se esté ejecutando alguno de los actos prohibidos del artículo 22 constitucional”. Además, explica, para que exista la posibilidad inminente de que dichos actos se realicen, primero se tendría que privar de su libertad personal al quejoso, “lo que tampoco ha sucedido”.

Asimismo, se declaró la inexistencia de la autoridad citada en la petición de amparo “titular o director de la Policía de Investigación del Estado de México”, por tanto se suspenden comunicaciones procesales. En el argot jurídico, a este tipo de promociones se les conoce como “amparos campaneros”, ya que se promueven para saber si existe algún procedimiento en contra de alguna persona. Desde que la Unidad de Inteligencia Financiera de la SHCP dio a conocer que se investigaba a la UAEH por presunto lavado de dinero, ya que había movimientos por 151 millones de dólares a sus cuentas bancarias, Gerardo Sosas ha buscado el amparo de la justicia federal, pero hasta el momento no lo ha logrado.

El juez decimoprimero de Distrito de Amparo en Materia Penal en la Ciudad de México revocó la suspensión provisional concedida al presidente del Patronato de la Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo (UAEH), Gerardo Sosa Castelán. Como consecuencia de la resolución del juez decimoprimero de Distrito de Amparo en Materia Penal en la Ciudad de México, ahora sí, en caso de proceder legalmente, se podría girar orden de aprehensión y llamar a comparecer a Gerardo Sosa, porque se revocó el beneficio provisional del que gozaba el presidente del patronato universitario.

De acuerdo con la resolución emitida en la audiencia constitucional relativa al juicio de amparo indirecto 215/2019, promovido por el encargado de las finanzas de la universidad estatal, el juez “niega la suspensión definitiva a Gerardo Sosa, en contra los actos y las autoridades que se precisaron”. Los actos reclamados por el quejoso y que en un principio habían sido avalados por el juez de distrito a cambio de una garantía de 53 mil pesos, son: aprehensión, reaprehensión, presentación y comparecencia (judicial), presentación y comparecencia (administrativa).

De acuerdo con el documento, la suspensión de oficio procederá cuando los actos reclamados violatorios de derechos humanos se están llevando a cabo, “lo que no acontece en el presente asunto”. Es decir, al solicitar información a las diversas autoridades citadas, entre ellos la Fiscalía General de la República (FGR), no se detectó que “en este momento se esté ejecutando alguno de los actos prohibidos del artículo 22 constitucional”. Además, explica, para que exista la posibilidad inminente de que dichos actos se realicen, primero se tendría que privar de su libertad personal al quejoso, “lo que tampoco ha sucedido”.

Asimismo, se declaró la inexistencia de la autoridad citada en la petición de amparo “titular o director de la Policía de Investigación del Estado de México”, por tanto se suspenden comunicaciones procesales. En el argot jurídico, a este tipo de promociones se les conoce como “amparos campaneros”, ya que se promueven para saber si existe algún procedimiento en contra de alguna persona. Desde que la Unidad de Inteligencia Financiera de la SHCP dio a conocer que se investigaba a la UAEH por presunto lavado de dinero, ya que había movimientos por 151 millones de dólares a sus cuentas bancarias, Gerardo Sosas ha buscado el amparo de la justicia federal, pero hasta el momento no lo ha logrado.

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