/ viernes 20 de mayo de 2022

Analizarán sanción para alcaldes que asistieron a actos de campaña

Los alcaldes del Ixmiquilpan, San Salvador, Tizayuca, y Tepeapulco serán puestos a consideración del Poder Legislativo

Por haber participado en actos políticos, el pleno del Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo dio vista a los congresos estatales de Hidalgo y Estado de México a efecto de que procedan a determinar la sanción conducente en torno a presidentes municipales que asistieron al cierre de precampaña de Julio Menchaca Salazar.

En sesión del pleno, se analizaron las denuncias presentadas en contra de senadores, diputados federales, diputados locales y presidentes municipales, siendo, las últimas, las únicas procedentes, toda vez que la investidura de alcalde no es despojable.

“En lo que hace a los presidentes municipales, aunque no hayan solicitado licencia para separase de su cargo, ni viáticos para el jueves 10de febrero de 2022, en el proyecto se determina su sola asistencia constituye una infracción, porque no se pueden despojar de su carácter y actuar como un ciudadano más al tener que realizar actividades permanente en el desempeño de su cargo público”, explicó el magistrado ponente, Manuel Alberto Cruz Martínez.

En consecuencia, se dio vista al Congreso local para proceder en contra de los actuales alcaldes y alcaldesas de Ixmiquilpan, San Salvador, Tizayuca, y Tepeapulco, así como al Congreso del Estado de México para hacer lo conducente con de la presidenta de Técamac, Estado de México, lo anterior por considerar que estuvo acreditada la violación al principio de neutralidad electoral.

Por haber participado en actos políticos, el pleno del Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo dio vista a los congresos estatales de Hidalgo y Estado de México a efecto de que procedan a determinar la sanción conducente en torno a presidentes municipales que asistieron al cierre de precampaña de Julio Menchaca Salazar.

En sesión del pleno, se analizaron las denuncias presentadas en contra de senadores, diputados federales, diputados locales y presidentes municipales, siendo, las últimas, las únicas procedentes, toda vez que la investidura de alcalde no es despojable.

“En lo que hace a los presidentes municipales, aunque no hayan solicitado licencia para separase de su cargo, ni viáticos para el jueves 10de febrero de 2022, en el proyecto se determina su sola asistencia constituye una infracción, porque no se pueden despojar de su carácter y actuar como un ciudadano más al tener que realizar actividades permanente en el desempeño de su cargo público”, explicó el magistrado ponente, Manuel Alberto Cruz Martínez.

En consecuencia, se dio vista al Congreso local para proceder en contra de los actuales alcaldes y alcaldesas de Ixmiquilpan, San Salvador, Tizayuca, y Tepeapulco, así como al Congreso del Estado de México para hacer lo conducente con de la presidenta de Técamac, Estado de México, lo anterior por considerar que estuvo acreditada la violación al principio de neutralidad electoral.

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