/ jueves 10 de diciembre de 2020

Teletrabajo, el futuro ya nos alcanzó (Primera parte)

Parece distante cuando en la caricatura de los supersónicos veíamos cómo el padre trabajaba a distancia y su jefe
irrumpía con llamadas, pero ese momento ya llegó, quienes
por la contingencia tuvieron que trabajar desde casa ahora
han descubierto que las responsabilidades se extienden aún
más allá del horario laboral y se enfrentaron a contratar internet además de lidiar con niños que también se encuentran aprendiendo en el hogar.
Pero el teletrabajo también tiene sus ventajas, ahorro en
transporte y gasolina, comer en casa y convivir más con la
familia. ¿Qué es el Teletrabajo? “Es una forma de organización y/o de realización del trabajo, utilizando las tecnologías
de la información en el marco de un contrato o de una relación de trabajo, en la cual un trabajo que podría ser realizado
igualmente en los locales de la empresa se efectúa fuera de
estos locales de forma regular”. (Acuerdo marco europeo sobre teletrabajo, Bruselas, 2002.)
De acuerdo a datos de la CEPAL entre el primer y segundo trimestre de 2020, el tráfico de sitios web y usos de aplicaciones relacionadas con el teletrabajo en el mundo aumentó 324%. Por su parte México es el país de América Latina en el que el teletrabajo y la dinámica de trabajar en casa
(home office) ha tenido mayor aceptación, según la Encuesta regional 2020: ¿Cómo se transformó el ámbito laboral y
familiar?, encabezada por la IAE Business School.
Dicho estudio reveló que antes de la pandemia solamente el 34% de las personas encuestadas trabajaba de manera
remota en tiempo completo y 10% algunos días de la semana, mientras que durante la pandemia 68% de los mexicanos tienen esquemas de home-office a tiempo completo y
11% algunos días de la semana.
Según la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, el 70%
de las actividades laborales podrían desarrollarse de manera
remota pero solo el 20% de las empresas están preparadas
para hacerlo, es decir las medianas y grandes empresas por
lo general.
Por la relevancia de lo antes mencionado, era necesario
de manera urgente regular el teletrabajo por lo que el pasado
martes 8 de diciembre le fue turnada a la Comisión de Trabajo y Previsión Social del Honorable Congreso de la Unión,
para su estudio y dictamen la Minuta proyecto de decreto
por el que se reforma el artículo 311 y adiciona el capítulo XII
Bis de la Ley Federal del Trabajo, en materia de teletrabajo;
el dictamen completo se encuentra en internet.
Se mencionan los 5 artículos que se pretenden adicionar :
Definición de teletrabajo y teletrabajador, Convenio de teletrabajo y condiciones de servicio bajo las que debe de prestarse; Equilibrio en la relación laboral de los trabajadores
bajo este esquema a fin de gozar de un trabajo decente, Las
obligaciones y responsabilidades del empleador y del teletrabajador, en materia de seguridad, salud y prevención de
riesgos profesionales, sujetos a una Norma Oficial Mexicana,
garantizando la intimidad y privacidad del teletrabajador y
El establecimiento de una red nacional de asesoría, promoción y fomento del teletrabajo entre organizaciones sociales,
privadas y públicas por parte de las autoridades laborales.
Únicamente mencionare algunos puntos del Artículo
330 - E. pues describe las obligaciones especiales de los patrones: Proporcionar, instalar y encargarse del mantenimiento de los equipos necesarios para el teletrabajo como
equipo de cómputo, sillas ergonómicas, impresoras, entre
otros; Asumir los costos derivados del teletrabajo, incluyendo, en su caso, el pago de servicios de telecomunicación y la
parte proporcional de electricidad; Respetar el derecho a la
desconexión de las personas trabajadoras, Establecer los
mecanismos de capacitación y asesoría necesarios para garantizar la adaptación, aprendizaje y el uso adecuado de las
tecnologías de la información entre otras.
¿Cómo afectará dicha iniciativa? ¿Qué ventajas y desventajas puede presentar? será tema de análisis para la pró-
xima columna.

Parece distante cuando en la caricatura de los supersónicos veíamos cómo el padre trabajaba a distancia y su jefe
irrumpía con llamadas, pero ese momento ya llegó, quienes
por la contingencia tuvieron que trabajar desde casa ahora
han descubierto que las responsabilidades se extienden aún
más allá del horario laboral y se enfrentaron a contratar internet además de lidiar con niños que también se encuentran aprendiendo en el hogar.
Pero el teletrabajo también tiene sus ventajas, ahorro en
transporte y gasolina, comer en casa y convivir más con la
familia. ¿Qué es el Teletrabajo? “Es una forma de organización y/o de realización del trabajo, utilizando las tecnologías
de la información en el marco de un contrato o de una relación de trabajo, en la cual un trabajo que podría ser realizado
igualmente en los locales de la empresa se efectúa fuera de
estos locales de forma regular”. (Acuerdo marco europeo sobre teletrabajo, Bruselas, 2002.)
De acuerdo a datos de la CEPAL entre el primer y segundo trimestre de 2020, el tráfico de sitios web y usos de aplicaciones relacionadas con el teletrabajo en el mundo aumentó 324%. Por su parte México es el país de América Latina en el que el teletrabajo y la dinámica de trabajar en casa
(home office) ha tenido mayor aceptación, según la Encuesta regional 2020: ¿Cómo se transformó el ámbito laboral y
familiar?, encabezada por la IAE Business School.
Dicho estudio reveló que antes de la pandemia solamente el 34% de las personas encuestadas trabajaba de manera
remota en tiempo completo y 10% algunos días de la semana, mientras que durante la pandemia 68% de los mexicanos tienen esquemas de home-office a tiempo completo y
11% algunos días de la semana.
Según la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, el 70%
de las actividades laborales podrían desarrollarse de manera
remota pero solo el 20% de las empresas están preparadas
para hacerlo, es decir las medianas y grandes empresas por
lo general.
Por la relevancia de lo antes mencionado, era necesario
de manera urgente regular el teletrabajo por lo que el pasado
martes 8 de diciembre le fue turnada a la Comisión de Trabajo y Previsión Social del Honorable Congreso de la Unión,
para su estudio y dictamen la Minuta proyecto de decreto
por el que se reforma el artículo 311 y adiciona el capítulo XII
Bis de la Ley Federal del Trabajo, en materia de teletrabajo;
el dictamen completo se encuentra en internet.
Se mencionan los 5 artículos que se pretenden adicionar :
Definición de teletrabajo y teletrabajador, Convenio de teletrabajo y condiciones de servicio bajo las que debe de prestarse; Equilibrio en la relación laboral de los trabajadores
bajo este esquema a fin de gozar de un trabajo decente, Las
obligaciones y responsabilidades del empleador y del teletrabajador, en materia de seguridad, salud y prevención de
riesgos profesionales, sujetos a una Norma Oficial Mexicana,
garantizando la intimidad y privacidad del teletrabajador y
El establecimiento de una red nacional de asesoría, promoción y fomento del teletrabajo entre organizaciones sociales,
privadas y públicas por parte de las autoridades laborales.
Únicamente mencionare algunos puntos del Artículo
330 - E. pues describe las obligaciones especiales de los patrones: Proporcionar, instalar y encargarse del mantenimiento de los equipos necesarios para el teletrabajo como
equipo de cómputo, sillas ergonómicas, impresoras, entre
otros; Asumir los costos derivados del teletrabajo, incluyendo, en su caso, el pago de servicios de telecomunicación y la
parte proporcional de electricidad; Respetar el derecho a la
desconexión de las personas trabajadoras, Establecer los
mecanismos de capacitación y asesoría necesarios para garantizar la adaptación, aprendizaje y el uso adecuado de las
tecnologías de la información entre otras.
¿Cómo afectará dicha iniciativa? ¿Qué ventajas y desventajas puede presentar? será tema de análisis para la pró-
xima columna.