/ jueves 18 de agosto de 2022

Privilegiar el Consenso

En los días recientes fue de conocimiento público el interés del Ejecutivo Federal para conceder de facultades a la Secretaría de la Defensa Nacional para traer las operaciones y marco institucional de la guardia nacional. En esta lógica de la visión presidencial se advierte el interés gubernamental de blindar la seguridad pública del país, así como los derechos humanos de sus habitantes y armonizar las facultades en materia de seguridad pública que ya obran en ley para la guardia nacional, pero ahora encaminándolas as los controles de la milicia en México.

Es importante contextualizar que actualmente algunas de las atribuciones de esta corporación son las de detención de personas, cateos de domicilios, aseguramiento de automóviles, intercepción de comunicaciones e incluso operaciones de espionaje encubierto y luego entonces cobra una especial relevancia y mencionar jurídica y socialmente el traslado de este catalogo operacional al militarismo.

Por una concepción jurídica podemos advertir que de conformidad con el articulo 21 constitucional la guardia nacional debe ser estrictamente de naturaleza civil por lo que el decreto presidencial dentro de los términos que públicamente se han observado deberá encontrar el andamiaje legal que le posibilite alcanzar el encuadre necesario para el objeto buscado en su espíritu. El actual régimen de gobierno continua sosteniendo la relevancia social que tiene una política de no confrontación policial y militar al interior del país, sin dejar de perseguir a la delincuencia organizada, que sobra decir ha sido el daño más profundo que a lo largo del territorio nacional se ha padecido cuando menos en los últimos 30 años, pero se ha buscado por todos los medios institucionales vigentes una lógica de preservar la paz social y que los índices delictivos no sean más una amenaza latente para cada mexicana y mexicano.

En ruta a alcanzar un verdadero estado de Derecho, deberá privilegiarse de entrada, el interés en armonizar y homogenizar las operaciones de la Guardia Nacional y de la Secretaría de la Defensa Nacional para que en la institucionalidad se cumpla con las tareas de seguridad nacional y del orden civil. Los grupos parlamentarios deberán de transitar en la construcción de la norma jurídica con apego a la propia Constitución sin que la legislación trasgreda derechos humanos pero que si conceda dinámica a la política de seguridad publica en todas las regiones de la nación.

Por eso se deberá seguir el protocolo jurídico y a los poderes de la Unión, Ejecutivo, Legislativo y Judicial lograr el entendimiento interinstitucional que legitime por un lado la política nacional de seguridad y al mismo tiempo de constancia plena de que esta se haga y se ejecute en estricto apego a la norma jurídica que impera y obliga a todo ente publico y de gobierno. La convocatoria pública debe ser entonces a que se privilegie el consenso frente al disenso que este tema de agenda que invariablemente supone posiciones encontradas en la concepción de modelo de país.


En los días recientes fue de conocimiento público el interés del Ejecutivo Federal para conceder de facultades a la Secretaría de la Defensa Nacional para traer las operaciones y marco institucional de la guardia nacional. En esta lógica de la visión presidencial se advierte el interés gubernamental de blindar la seguridad pública del país, así como los derechos humanos de sus habitantes y armonizar las facultades en materia de seguridad pública que ya obran en ley para la guardia nacional, pero ahora encaminándolas as los controles de la milicia en México.

Es importante contextualizar que actualmente algunas de las atribuciones de esta corporación son las de detención de personas, cateos de domicilios, aseguramiento de automóviles, intercepción de comunicaciones e incluso operaciones de espionaje encubierto y luego entonces cobra una especial relevancia y mencionar jurídica y socialmente el traslado de este catalogo operacional al militarismo.

Por una concepción jurídica podemos advertir que de conformidad con el articulo 21 constitucional la guardia nacional debe ser estrictamente de naturaleza civil por lo que el decreto presidencial dentro de los términos que públicamente se han observado deberá encontrar el andamiaje legal que le posibilite alcanzar el encuadre necesario para el objeto buscado en su espíritu. El actual régimen de gobierno continua sosteniendo la relevancia social que tiene una política de no confrontación policial y militar al interior del país, sin dejar de perseguir a la delincuencia organizada, que sobra decir ha sido el daño más profundo que a lo largo del territorio nacional se ha padecido cuando menos en los últimos 30 años, pero se ha buscado por todos los medios institucionales vigentes una lógica de preservar la paz social y que los índices delictivos no sean más una amenaza latente para cada mexicana y mexicano.

En ruta a alcanzar un verdadero estado de Derecho, deberá privilegiarse de entrada, el interés en armonizar y homogenizar las operaciones de la Guardia Nacional y de la Secretaría de la Defensa Nacional para que en la institucionalidad se cumpla con las tareas de seguridad nacional y del orden civil. Los grupos parlamentarios deberán de transitar en la construcción de la norma jurídica con apego a la propia Constitución sin que la legislación trasgreda derechos humanos pero que si conceda dinámica a la política de seguridad publica en todas las regiones de la nación.

Por eso se deberá seguir el protocolo jurídico y a los poderes de la Unión, Ejecutivo, Legislativo y Judicial lograr el entendimiento interinstitucional que legitime por un lado la política nacional de seguridad y al mismo tiempo de constancia plena de que esta se haga y se ejecute en estricto apego a la norma jurídica que impera y obliga a todo ente publico y de gobierno. La convocatoria pública debe ser entonces a que se privilegie el consenso frente al disenso que este tema de agenda que invariablemente supone posiciones encontradas en la concepción de modelo de país.