/ jueves 6 de mayo de 2021

Los Órganos Constitucionales Autónomos

Acervo


Fue a partir del inicio de la década de 1990 cuando en el mandato presidencial de Carlos Salinas de Gortari se impulsó la instauración de Órganos Autónomos con rango constitucional que habrían de situarse en la escena de la administración pública a efecto de establecer una relación institucional con la estructura orgánica gubernamental en el marco de sus ámbitos sin que obrara entre ellos codependencia ni subordinación pero sí tareas de evaluación, control y regulación desde estos nuevos entes para con las dependencias federales. Se hablaba pues de una auténtica democratización del gobierno.

Así, en 1993 se promulgó el decreto de creación del Banco de México, en 1996 el del Instituto Federal Electoral hoy convertido en Instituto Nacional Electoral y para 1999 el de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, como ejemplos puntuales. Desde aquellos años se produjo un amplio debate en la opinión pública en torno a la relevancia de las atribuciones para estos organismos que desde la Constitución Política les habían sido dotadas.

Destacó como concepto primario el de la autonomía, sus alcances, su concepto teórico llevado a la Carta Magna, las dimensiones de lo que por autonomía se entendía y los procesos que se ejecutarán en su nombre. Para entonces vinieron amplias mesas de trabajo, lo mismo de legisladores, los consejeros jurídicos del Poder Ejecutivo federal, académicos, asociaciones de profesionistas e incluso miembros del Poder Judicial quienes delinearon la estructura final que en un ordenamiento jurídico dio cauce a la confección de estos ya mencionados Órganos Autónomos.

Los Órganos Autónomos de naturaleza constitucional al haber sido formados en torno a su atribución y al área de competencia generada alrededor de ellos, son libres en la decisión de establecer la gobernanza y la organización hacia el interior de sus estructuras de trabajo. Son también generadores de independencia de otros poderes del Estado basada en la autonomía funcional, en atribuciones mediante su autonomía técnica, en su auto regulación vía la autonomía normativa, en sus necesidades presupuestales haciendo uso de la autonomía financiera y administrativa y finalmente en su relación con otros entes de gobierno a través de la autonomía de coordinación y control.

Situados en el 2021, a más de 30 años de creado el IFE hoy INE, existen en el arena pública diversos Órganos Constitucionales Autónomos más, como el Sistema Nacional de Información Estadística y Geografía: INEGI, la Comisión Federal de Competencia Económica, el Instituto Federal de Telecomunicaciones, el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, el Instituto Nacional de Transparencia Acceso a la Información y Protección de Datos Personales y la icónica Fiscalía General de la República creada en 2014, dependencia que sustituyó a la antigua Procuraduría General de la República.

El destacado jurista mexicano Miguel Carbonell ha distinguido 4 características básicas en los Órganos Autónomos de nuestro país: 1) Creados por la Constitución, 2) Sus atribuciones están dictadas también en la Constitución, 3) Llevan a cabo funciones esenciales del Estado moderno y 4) No están adscritos a otro poder del Estado, pero sus actuaciones son objeto de revisión ante instancias judiciales.

Cada mexicana y mexicano podrá tener su propia consideración respecto a la utilidad de los Órganos Constitucionales Autónomos, pero algo absolutamente cierto es que los contrapesos en el México democrático al que todas y todos ya consolidamos van ligados de forma directa al correcto desempeño de estos entes públicos. Minimizarlos, censurarlos o más aun, suprimirlos abruptamente conlleva a la instauración de un régimen totalitario en el establishment mexicano que se asume ya superado después de tantos años de lucha por parte de la ciudadanía.

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Fue a partir del inicio de la década de 1990 cuando en el mandato presidencial de Carlos Salinas de Gortari se impulsó la instauración de Órganos Autónomos con rango constitucional que habrían de situarse en la escena de la administración pública a efecto de establecer una relación institucional con la estructura orgánica gubernamental en el marco de sus ámbitos sin que obrara entre ellos codependencia ni subordinación pero sí tareas de evaluación, control y regulación desde estos nuevos entes para con las dependencias federales. Se hablaba pues de una auténtica democratización del gobierno.

Así, en 1993 se promulgó el decreto de creación del Banco de México, en 1996 el del Instituto Federal Electoral hoy convertido en Instituto Nacional Electoral y para 1999 el de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, como ejemplos puntuales. Desde aquellos años se produjo un amplio debate en la opinión pública en torno a la relevancia de las atribuciones para estos organismos que desde la Constitución Política les habían sido dotadas.

Destacó como concepto primario el de la autonomía, sus alcances, su concepto teórico llevado a la Carta Magna, las dimensiones de lo que por autonomía se entendía y los procesos que se ejecutarán en su nombre. Para entonces vinieron amplias mesas de trabajo, lo mismo de legisladores, los consejeros jurídicos del Poder Ejecutivo federal, académicos, asociaciones de profesionistas e incluso miembros del Poder Judicial quienes delinearon la estructura final que en un ordenamiento jurídico dio cauce a la confección de estos ya mencionados Órganos Autónomos.

Los Órganos Autónomos de naturaleza constitucional al haber sido formados en torno a su atribución y al área de competencia generada alrededor de ellos, son libres en la decisión de establecer la gobernanza y la organización hacia el interior de sus estructuras de trabajo. Son también generadores de independencia de otros poderes del Estado basada en la autonomía funcional, en atribuciones mediante su autonomía técnica, en su auto regulación vía la autonomía normativa, en sus necesidades presupuestales haciendo uso de la autonomía financiera y administrativa y finalmente en su relación con otros entes de gobierno a través de la autonomía de coordinación y control.

Situados en el 2021, a más de 30 años de creado el IFE hoy INE, existen en el arena pública diversos Órganos Constitucionales Autónomos más, como el Sistema Nacional de Información Estadística y Geografía: INEGI, la Comisión Federal de Competencia Económica, el Instituto Federal de Telecomunicaciones, el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, el Instituto Nacional de Transparencia Acceso a la Información y Protección de Datos Personales y la icónica Fiscalía General de la República creada en 2014, dependencia que sustituyó a la antigua Procuraduría General de la República.

El destacado jurista mexicano Miguel Carbonell ha distinguido 4 características básicas en los Órganos Autónomos de nuestro país: 1) Creados por la Constitución, 2) Sus atribuciones están dictadas también en la Constitución, 3) Llevan a cabo funciones esenciales del Estado moderno y 4) No están adscritos a otro poder del Estado, pero sus actuaciones son objeto de revisión ante instancias judiciales.

Cada mexicana y mexicano podrá tener su propia consideración respecto a la utilidad de los Órganos Constitucionales Autónomos, pero algo absolutamente cierto es que los contrapesos en el México democrático al que todas y todos ya consolidamos van ligados de forma directa al correcto desempeño de estos entes públicos. Minimizarlos, censurarlos o más aun, suprimirlos abruptamente conlleva a la instauración de un régimen totalitario en el establishment mexicano que se asume ya superado después de tantos años de lucha por parte de la ciudadanía.