/ jueves 10 de marzo de 2022

La OEM y las leyes con Perspectiva de Género

A finales de Octubre de 2020 se instaló el Primer Consejo Editorial con Perspectiva de Género de la Organización Editorial Mexicana, la casa editorial que desde hace varios años me ha permitido hacer análisis en estas páginas.

Este Consejo Editorial es único en América Latina que tiene como objetivo profesionalizar y sensibilizar al equipo de los 45 periódicos que pertenecen a la editorial en coberturas periodísticas que visibilícen a la perspectiva de género y concienticen q la sociedad a valorar y respetar a la mujer y a que los contenidos de los medios alerten respecto a conductas contrarias.

La iniciativa de la OEM viene a fortalecer tanto la actividad legislativa como la que atañe a la aplicación de las normas que se han promulgado en materia de protección de los derechos de las mujeres y de la perspectiva de género para hacer realidad el principio constitucional de la igualdad sustantiva entre géneros y lograr el auténtico ejercicio de derechos y del cumplimiento de obligaciones que dictan las normas jurídicas para mitigar y erradicar las desigualdades entre hombres y mujeres.

México, como Estado Nacional ha suscrito instrumentos internacionales que protegen los derechos de las mujeres, convenios y tratados que por orden constitucional obligan a las autoridades al diseño, instrumentación y ejecución de políticas públicas nacionales.

Así en ese catálogo destaca el Articulo 4 Constitucional que consagra la igualdad entre la mujer y el hombre ante la ley y la protección de la organización y el desarrollo de la familia. En leyes secundarias encontramos la reforma al Código Penal Federal (Ley Ingrid) es para penalizar con dos a seis años de cárcel o multar a quienes difundan por cualquier vía imágenes de las víctimas mortales, especialmente de feminicidios, o comercialicen con esos materiales. Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres que regula y garantiza la igualdad entre mujeres hombres con el establecimiento de mecanismos institucionales que de cumplimiento a la igualdad sustantiva. Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y su Reglamento, cuyo objetivo es prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, así como los principios y modalidades para garantizar su acceso a una vida libre de violencia que favorezca su desarrollo integral y sustentable que fortalezca la soberanía y el régimen democrático. La Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas, publicada en noviembre de 2007 y su Reglamento, publicado en febrero de 2009.

México ha producido una extensa y muy sólida legislación que ha emanado de nuestra Constitución, norma suprema que en materia de derechos de igualdad jurídica entre la mujer y el hombre, respeto a la dignidad humana de las mujeres y la no discriminación y la libertad de las mujeres, es de las mas completas en todo el mundo.

Si contamos con mas y mejores leyes en esos conceptos, entonces lo que hace falta es la aplicación estricta de la norma por todos. Eso es lo que se ha venido planteando en cada sesión del Consejo Editorial con Perspectiva de Género de la OEM y se está logrando.

A finales de Octubre de 2020 se instaló el Primer Consejo Editorial con Perspectiva de Género de la Organización Editorial Mexicana, la casa editorial que desde hace varios años me ha permitido hacer análisis en estas páginas.

Este Consejo Editorial es único en América Latina que tiene como objetivo profesionalizar y sensibilizar al equipo de los 45 periódicos que pertenecen a la editorial en coberturas periodísticas que visibilícen a la perspectiva de género y concienticen q la sociedad a valorar y respetar a la mujer y a que los contenidos de los medios alerten respecto a conductas contrarias.

La iniciativa de la OEM viene a fortalecer tanto la actividad legislativa como la que atañe a la aplicación de las normas que se han promulgado en materia de protección de los derechos de las mujeres y de la perspectiva de género para hacer realidad el principio constitucional de la igualdad sustantiva entre géneros y lograr el auténtico ejercicio de derechos y del cumplimiento de obligaciones que dictan las normas jurídicas para mitigar y erradicar las desigualdades entre hombres y mujeres.

México, como Estado Nacional ha suscrito instrumentos internacionales que protegen los derechos de las mujeres, convenios y tratados que por orden constitucional obligan a las autoridades al diseño, instrumentación y ejecución de políticas públicas nacionales.

Así en ese catálogo destaca el Articulo 4 Constitucional que consagra la igualdad entre la mujer y el hombre ante la ley y la protección de la organización y el desarrollo de la familia. En leyes secundarias encontramos la reforma al Código Penal Federal (Ley Ingrid) es para penalizar con dos a seis años de cárcel o multar a quienes difundan por cualquier vía imágenes de las víctimas mortales, especialmente de feminicidios, o comercialicen con esos materiales. Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres que regula y garantiza la igualdad entre mujeres hombres con el establecimiento de mecanismos institucionales que de cumplimiento a la igualdad sustantiva. Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y su Reglamento, cuyo objetivo es prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, así como los principios y modalidades para garantizar su acceso a una vida libre de violencia que favorezca su desarrollo integral y sustentable que fortalezca la soberanía y el régimen democrático. La Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas, publicada en noviembre de 2007 y su Reglamento, publicado en febrero de 2009.

México ha producido una extensa y muy sólida legislación que ha emanado de nuestra Constitución, norma suprema que en materia de derechos de igualdad jurídica entre la mujer y el hombre, respeto a la dignidad humana de las mujeres y la no discriminación y la libertad de las mujeres, es de las mas completas en todo el mundo.

Si contamos con mas y mejores leyes en esos conceptos, entonces lo que hace falta es la aplicación estricta de la norma por todos. Eso es lo que se ha venido planteando en cada sesión del Consejo Editorial con Perspectiva de Género de la OEM y se está logrando.