/ jueves 7 de septiembre de 2023

Hidalgo ya tiene Ley de Revocación de Mandato

En cumplimiento a una de sus principales promesas de campaña del ahora gobernador Julio Menchaca, en diciembre de 2022 envió al Congreso del Estado la iniciativa de la Ley de Revocación de Mandato, misma que una vez que cumplió con el proceso legislativo, fue aprobada y publicada el pasado mes de agosto en el Periódico Oficial.

Esta nueva legislación es reglamentaria del artículo 70 Bis de la Constitución Política del Estado, que establece que el mandato de la persona Titular del Poder Ejecutivo, podrá ser revocado, cuya autoridad para la organización, desarrollo y cómputo de la votación será el Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH).

El proceso de revocación de mandato, es el instrumento de participación solicitado por la ciudadanía para determinar la conclusión anticipada en el desempeño del cargo de la persona Titular del Poder Ejecutivo del Estado, a partir de la pérdida de la confianza. Para ese ejercicio se establece la posibilidad de que el Instituto Estatal Electoral de Hidalgo pueda suscribir convenios de colaboración con el Instituto Nacional Electoral, para el desarrollo de las etapas del proceso de revocación de mandato.

Para dar inicio al proceso se requiere que la petición se encuentre respaldada por el 10% de las y los ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores en Hidalgo, de cuando menos 43 de los municipios, y que representen como mínimo el 3% de la lista nominal de electores de cada uno de ellos.

La solicitud deberá producirse durante los 3 meses posteriores, contados a partir del día siguiente a la conclusión del tercer año del periodo constitucional de quien ostente el cargo de Gobernador o Gobernadora. La jornada de votación se celebraría el domingo siguiente a los 90 días posteriores a la emisión de la convocatoria y en fecha no coincidente con procesos electorales o de participación ciudadana.

Cabe resaltar que la revocación de mandato será vinculatoria para la persona Titular del Poder Ejecutivo del Estado, una vez resueltas todas las impugnaciones que se hubieran interpuesto y que el IEEH emita la declaratoria de validez, indicando que la participación total de la ciudadanía en el proceso de revocación de mandato fue, al menos, del 40% de las personas inscritas en la lista nominal de electores y represente la mayoría absoluta.

De acuerdo con la parte considerativa del decreto, se pone en manos de la ciudadanía, la decisión sobre la continuidad o no de la persona Titular del Poder Ejecutivo en turno, ampliándose los instrumentos de participación ciudadana en la entidad, permitiéndole a la ciudadanía, manifestarse a través de su voto sobre la confianza o el rechazo hacia la persona que ostente la titularidad del Poder Ejecutivo Estatal, fortaleciendo la cultura democrática en Hidalgo.

Con la expedición de la Ley de Revocación de Mandato, el Estado de Hidalgo es la segunda entidad federativa en el país en dar cumplimiento con el mandato constitucional a través de la emisión de una ley específica en la materia y hacer posible la aplicación de este instrumento de participación ciudadana durante el periodo de gestión de la presente Administración Pública Estatal 2022-2028, el cual habrá de efectuarse en el año 2025.

Estoy seguro que este nuevo mecanismo democrático traerá cosas positivas, como serán una nueva forma de hacer gobierno al tener mayor cercanía con la ciudadanía, un reforzamiento en el control popular sobre el gobierno y un estímulo para que quienes gobiernen gocen del respaldo ciudadano durante su mandato.

En cumplimiento a una de sus principales promesas de campaña del ahora gobernador Julio Menchaca, en diciembre de 2022 envió al Congreso del Estado la iniciativa de la Ley de Revocación de Mandato, misma que una vez que cumplió con el proceso legislativo, fue aprobada y publicada el pasado mes de agosto en el Periódico Oficial.

Esta nueva legislación es reglamentaria del artículo 70 Bis de la Constitución Política del Estado, que establece que el mandato de la persona Titular del Poder Ejecutivo, podrá ser revocado, cuya autoridad para la organización, desarrollo y cómputo de la votación será el Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH).

El proceso de revocación de mandato, es el instrumento de participación solicitado por la ciudadanía para determinar la conclusión anticipada en el desempeño del cargo de la persona Titular del Poder Ejecutivo del Estado, a partir de la pérdida de la confianza. Para ese ejercicio se establece la posibilidad de que el Instituto Estatal Electoral de Hidalgo pueda suscribir convenios de colaboración con el Instituto Nacional Electoral, para el desarrollo de las etapas del proceso de revocación de mandato.

Para dar inicio al proceso se requiere que la petición se encuentre respaldada por el 10% de las y los ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores en Hidalgo, de cuando menos 43 de los municipios, y que representen como mínimo el 3% de la lista nominal de electores de cada uno de ellos.

La solicitud deberá producirse durante los 3 meses posteriores, contados a partir del día siguiente a la conclusión del tercer año del periodo constitucional de quien ostente el cargo de Gobernador o Gobernadora. La jornada de votación se celebraría el domingo siguiente a los 90 días posteriores a la emisión de la convocatoria y en fecha no coincidente con procesos electorales o de participación ciudadana.

Cabe resaltar que la revocación de mandato será vinculatoria para la persona Titular del Poder Ejecutivo del Estado, una vez resueltas todas las impugnaciones que se hubieran interpuesto y que el IEEH emita la declaratoria de validez, indicando que la participación total de la ciudadanía en el proceso de revocación de mandato fue, al menos, del 40% de las personas inscritas en la lista nominal de electores y represente la mayoría absoluta.

De acuerdo con la parte considerativa del decreto, se pone en manos de la ciudadanía, la decisión sobre la continuidad o no de la persona Titular del Poder Ejecutivo en turno, ampliándose los instrumentos de participación ciudadana en la entidad, permitiéndole a la ciudadanía, manifestarse a través de su voto sobre la confianza o el rechazo hacia la persona que ostente la titularidad del Poder Ejecutivo Estatal, fortaleciendo la cultura democrática en Hidalgo.

Con la expedición de la Ley de Revocación de Mandato, el Estado de Hidalgo es la segunda entidad federativa en el país en dar cumplimiento con el mandato constitucional a través de la emisión de una ley específica en la materia y hacer posible la aplicación de este instrumento de participación ciudadana durante el periodo de gestión de la presente Administración Pública Estatal 2022-2028, el cual habrá de efectuarse en el año 2025.

Estoy seguro que este nuevo mecanismo democrático traerá cosas positivas, como serán una nueva forma de hacer gobierno al tener mayor cercanía con la ciudadanía, un reforzamiento en el control popular sobre el gobierno y un estímulo para que quienes gobiernen gocen del respaldo ciudadano durante su mandato.