/ lunes 26 de julio de 2021

Hacer nuestros los mecanismos de participación

Desde marzo de 2014 tenemos vigente en nuestro país la Ley Federal de Consulta Popular, es hasta 2021 que por primera vez en la historia de México la ciudadanía podrá participar a nivel nacional a través de este mecanismo, se trata de un instrumento de participación —de otros que existen—, que consiste en formular una pregunta a la ciudadanía para que exprese su aprobación o su rechazo sobre: una actuación del gobierno, una política pública, una obra de infraestructura, los contenidos de una norma jurídica y/o la aprobación de una ley; se le denomina como mecanismo de participación directa, ya que las y los ciudadanos expresan su voluntad a través de un voto personal, intransferible, libre y secreto.


Lo más interesante es que, el resultado de la Consulta Popular puede ser vinculante —es decir, obligatorio— para los poderes Ejecutivo y Legislativo, así como para las autoridades competentes siempre y cuando la participación total de la ciudadanía que acuda a votar corresponda, al menos al 40% de las y los ciudadanos inscritos en la Lista Nominal de Electores, que para este caso equivale a 37.4 millones de personas a nivel nacional, en el caso de Hidalgo representarían 900 mil votos.


Para la Consulta popular del 1º de agosto de 2021, la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que la pregunta que aparecerá en las boletas será:


"¿Estás de acuerdo o no en que se lleven a cabo las acciones pertinentes, con apego al marco constitucional y legal, para emprender un proceso de esclarecimiento de las decisiones políticas tomadas en los años pasados por los actores políticos, encaminado a garantizar la justicia y los derechos de las posibles víctimas?"


Por su parte, el INE tiene la atribución constitucional de organizar la Consulta, así como de computar, declarar y validar los resultados de este mecanismo de participación directa.


En este caso, la Consulta Popular fue a propuesta del Presidente de la República, sin embargo, para este mecanismo de participación las propuestas también pueden ser emanadas por parte de la ciudadanía en un número equivalente, al menos, al 2% de las y los inscritos en la Lista Nominal de Electores, así como por el equivalente al 33% de las y los integrantes de cualquiera de las cámaras del Congreso de la Unión.


Como ciudadanas y ciudadanos debemos hacer nuestros los mecanismos de participación ciudadana existentes, tales como en este caso será la Consulta Popular, pero también existe el Plebiscito, el Referéndum, las Contralorías Ciudadanas, Foros de Opinión, Presupuestos Participativos, las Audiencias y Asambleas Públicas. En Hidalgo, la Ley de Participación Ciudadana y el Código Electoral Local contemplan la Iniciativa ciudadana, la cual permite a las y los ciudadanos presentar ante el Congreso un proyecto de creación, modificación, reforma, derogación o abrogación de leyes o decretos. También se encuentra desde luego la Consulta Popular, que permitiría a la ciudadanía hidalguense expresar su opinión sobre temas de interés público en el ámbito local, y finalmente la Audiencia Pública.


Desde este espacio les invito a participar y seguir formando parte de la historia político-electoral de nuestro país, acudamos el próximo domingo 1º de agosto a las mesas receptoras para votar en la Consulta Popular, recuerda que ejercer tu voto en este tipo de instrumentos de participación ciudadana, ayudan a consolidar nuestra democracia.

Finalmente recordarles que, desde el pasado 15 de julio y hasta la culminación de la Consulta Popular se mantiene un periodo de veda electoral que impide la difusión de propaganda gubernamental, por lo que ningún funcionario de los tres niveles de la administración pública debe llevar a cabo ningún acto que implique la misma.


Desde marzo de 2014 tenemos vigente en nuestro país la Ley Federal de Consulta Popular, es hasta 2021 que por primera vez en la historia de México la ciudadanía podrá participar a nivel nacional a través de este mecanismo, se trata de un instrumento de participación —de otros que existen—, que consiste en formular una pregunta a la ciudadanía para que exprese su aprobación o su rechazo sobre: una actuación del gobierno, una política pública, una obra de infraestructura, los contenidos de una norma jurídica y/o la aprobación de una ley; se le denomina como mecanismo de participación directa, ya que las y los ciudadanos expresan su voluntad a través de un voto personal, intransferible, libre y secreto.


Lo más interesante es que, el resultado de la Consulta Popular puede ser vinculante —es decir, obligatorio— para los poderes Ejecutivo y Legislativo, así como para las autoridades competentes siempre y cuando la participación total de la ciudadanía que acuda a votar corresponda, al menos al 40% de las y los ciudadanos inscritos en la Lista Nominal de Electores, que para este caso equivale a 37.4 millones de personas a nivel nacional, en el caso de Hidalgo representarían 900 mil votos.


Para la Consulta popular del 1º de agosto de 2021, la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que la pregunta que aparecerá en las boletas será:


"¿Estás de acuerdo o no en que se lleven a cabo las acciones pertinentes, con apego al marco constitucional y legal, para emprender un proceso de esclarecimiento de las decisiones políticas tomadas en los años pasados por los actores políticos, encaminado a garantizar la justicia y los derechos de las posibles víctimas?"


Por su parte, el INE tiene la atribución constitucional de organizar la Consulta, así como de computar, declarar y validar los resultados de este mecanismo de participación directa.


En este caso, la Consulta Popular fue a propuesta del Presidente de la República, sin embargo, para este mecanismo de participación las propuestas también pueden ser emanadas por parte de la ciudadanía en un número equivalente, al menos, al 2% de las y los inscritos en la Lista Nominal de Electores, así como por el equivalente al 33% de las y los integrantes de cualquiera de las cámaras del Congreso de la Unión.


Como ciudadanas y ciudadanos debemos hacer nuestros los mecanismos de participación ciudadana existentes, tales como en este caso será la Consulta Popular, pero también existe el Plebiscito, el Referéndum, las Contralorías Ciudadanas, Foros de Opinión, Presupuestos Participativos, las Audiencias y Asambleas Públicas. En Hidalgo, la Ley de Participación Ciudadana y el Código Electoral Local contemplan la Iniciativa ciudadana, la cual permite a las y los ciudadanos presentar ante el Congreso un proyecto de creación, modificación, reforma, derogación o abrogación de leyes o decretos. También se encuentra desde luego la Consulta Popular, que permitiría a la ciudadanía hidalguense expresar su opinión sobre temas de interés público en el ámbito local, y finalmente la Audiencia Pública.


Desde este espacio les invito a participar y seguir formando parte de la historia político-electoral de nuestro país, acudamos el próximo domingo 1º de agosto a las mesas receptoras para votar en la Consulta Popular, recuerda que ejercer tu voto en este tipo de instrumentos de participación ciudadana, ayudan a consolidar nuestra democracia.

Finalmente recordarles que, desde el pasado 15 de julio y hasta la culminación de la Consulta Popular se mantiene un periodo de veda electoral que impide la difusión de propaganda gubernamental, por lo que ningún funcionario de los tres niveles de la administración pública debe llevar a cabo ningún acto que implique la misma.


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