/ jueves 4 de abril de 2019

Comisión Nacional de Energía

En fechas recientes hemos escuchado hablar del proceso de designación de los integrantes de la Comisión Reguladora de Energía que se viene desahogando en el Senado de la República y la serie de debates que se han generado. En esta colaboración diremos qué es, para qué es y cómo se integra la Comisión Nacional de Energía.

Los artículos 25, 27 y 28 constitucionales constituyen el marco normativo que dicta los lineamientos para la rectoría del desarrollo nacional, el régimen de la propiedad nacional, social y privada sobre los bienes y la riqueza en el territorio nacional y sobre las actividades económicas exclusivas de la nación mexicana. El párrafo octavo del artículo 28 constitucional señala que el Poder Ejecutivo contará con los órganos reguladores coordinados en materia energética, denominados Comisión Nacional de Hidrocarburos y Comisión Reguladora de Energía. Estos Órganos Constitucionales gozan de autonomía técnica, operativa y de gestión. Cuentan con personalidad jurídica y tienen la capacidad de disponer de los ingresos derivados de los ingresos (derechos y aprovechamientos) por los servicios que prestan conforme a sus atribuciones y facultades.

La Comisión Reguladora de Energía es la encargada de regular y promover el desarrollo eficiente del transporte, almacenamiento, distribución, compresión, licuefacción y regasificación, así como el expendio al público de petróleo, gas natural, gas licuado de petróleo, petrolíferos y petroquímicos; de igual manera es la responsable de la regulación y vigilancia del transporte por ductos, almacenamiento, distribución y expendio al público de bioenergéticos y además le corresponde la delicada tarea de ser la responsable de regular y promover la generación de electricidad, los servicios públicos y privados de transmisión y distribución eléctrica y la comercialización de electricidad.

La Comisión Reguladora de Energía tiene la encomienda del desarrollo eficiente de la industria eléctrica, de promover la competencia en el sector y de proteger los intereses de los usuarios. Está facultada para otorgar permisos para generar, almacenar, transportar y comercializar electricidad. Esta Comisión tiene la atribución de vigilar la operación del mercado eléctrico mayorista, asegurar el funcionamiento legal y eficiente del mercado eléctrico y de expedir los Certificados de Energías Limpias.

La ley de los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética señala que para ser Comisionado de estos órganos, entre otros requisitos, se debe ser ciudadano mexicano y estar en pleno goce de sus derechos civiles y políticos; poseer título profesional en cualquiera de las ingenierías, de las ciencias físico-matemáticas, de las ciencias biológicas y químicas o de las ciencias sociales y administrativas, que se vinculen con las actividades del sector energético; haberse desempeñado en forma destacada, durante al menos cinco años, en actividades profesionales, de servicio público o académicas sustancialmente relacionadas con materias afines al objeto del Órgano Regulador. La energía es acervo nacional.

En fechas recientes hemos escuchado hablar del proceso de designación de los integrantes de la Comisión Reguladora de Energía que se viene desahogando en el Senado de la República y la serie de debates que se han generado. En esta colaboración diremos qué es, para qué es y cómo se integra la Comisión Nacional de Energía.

Los artículos 25, 27 y 28 constitucionales constituyen el marco normativo que dicta los lineamientos para la rectoría del desarrollo nacional, el régimen de la propiedad nacional, social y privada sobre los bienes y la riqueza en el territorio nacional y sobre las actividades económicas exclusivas de la nación mexicana. El párrafo octavo del artículo 28 constitucional señala que el Poder Ejecutivo contará con los órganos reguladores coordinados en materia energética, denominados Comisión Nacional de Hidrocarburos y Comisión Reguladora de Energía. Estos Órganos Constitucionales gozan de autonomía técnica, operativa y de gestión. Cuentan con personalidad jurídica y tienen la capacidad de disponer de los ingresos derivados de los ingresos (derechos y aprovechamientos) por los servicios que prestan conforme a sus atribuciones y facultades.

La Comisión Reguladora de Energía es la encargada de regular y promover el desarrollo eficiente del transporte, almacenamiento, distribución, compresión, licuefacción y regasificación, así como el expendio al público de petróleo, gas natural, gas licuado de petróleo, petrolíferos y petroquímicos; de igual manera es la responsable de la regulación y vigilancia del transporte por ductos, almacenamiento, distribución y expendio al público de bioenergéticos y además le corresponde la delicada tarea de ser la responsable de regular y promover la generación de electricidad, los servicios públicos y privados de transmisión y distribución eléctrica y la comercialización de electricidad.

La Comisión Reguladora de Energía tiene la encomienda del desarrollo eficiente de la industria eléctrica, de promover la competencia en el sector y de proteger los intereses de los usuarios. Está facultada para otorgar permisos para generar, almacenar, transportar y comercializar electricidad. Esta Comisión tiene la atribución de vigilar la operación del mercado eléctrico mayorista, asegurar el funcionamiento legal y eficiente del mercado eléctrico y de expedir los Certificados de Energías Limpias.

La ley de los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética señala que para ser Comisionado de estos órganos, entre otros requisitos, se debe ser ciudadano mexicano y estar en pleno goce de sus derechos civiles y políticos; poseer título profesional en cualquiera de las ingenierías, de las ciencias físico-matemáticas, de las ciencias biológicas y químicas o de las ciencias sociales y administrativas, que se vinculen con las actividades del sector energético; haberse desempeñado en forma destacada, durante al menos cinco años, en actividades profesionales, de servicio público o académicas sustancialmente relacionadas con materias afines al objeto del Órgano Regulador. La energía es acervo nacional.